ORDEN EYE/2404/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para el año 2010. (Continúa en Suplemento n.º 1

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Suplemento n.º 1 al N.º 251 Jueves, 31 de diciembre 2009 419

ORDEN EYE/2404/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para el año 2010.

En virtud del Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, se produce el traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de trabajo, el empleo y la formación, recogiendo, en el punto B 2) de su Anexo, como materia objeto del traspaso, las referidas a aquellas actuaciones de gestión y control de las subvenciones y ayudas públicas de la política de empleo. Entre ellas se encuentran las ayudas consistentes en el abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único prevista en el Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, y en la Orden Ministerial de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, modificada a su vez por el Real Decreto 1413/2005, de 25 de noviembre.

La normativa citada anteriormente estableció la concurrencia abierta para su convocatoria, teniendo en cuenta además la peculiaridad de esta ayuda, cuyo derecho nace desde el momento en que se reconoce la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total y se produce el alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente.

Posteriormente, la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, estableció la aplicación del régimen de concurrencia competitiva para el procedimiento de concesión de las subvenciones que contemplaba en su articulado, entre ellas el programa de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. Sin embargo, la especificidad de estas ayudas ha llevado al Estado a reintroducir por Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, la concurrencia no competitiva en la tramitación de estas ayudas por entender que existen razones debidamente justificadas que dificultan su convocatoria por el procedimiento ordinario de concesión que contempla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En la presente Orden se cumplen las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

En su virtud, oído el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero. Convocatoria.

Se convocan subvenciones consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores que tengan concedida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total, que se resolverán por orden cronológico de presentación de las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Segundo. Financiación.

  1. La financiación de las subvenciones convocadas por la presente Orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria y por la cuantía que se indica a continuación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de...

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