ORDEN CYT/174/2005, de 9 de febrero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la realización de las actividades deportivas que conforman el Programa Verano Deportivo 2005 (Continúa en Suplemento n.º 2)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/174/2005, de 9 de febrero, por la que se convoca concur so público para la concesión de subvenciones para la realización de las actividades dep o rt ivas que confo rman el Programa Ve ra n o Deportivo 2005.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene competencia ex cl us iva en mat e ria de promoción de la educación física, del dep o rte y de la adecuada utilización del ocio, de acuerdo con el artículo 32.18 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

El Decreto 80/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estru c t u ra O rgánica de la Consejería de Cultura y Tu rismo at ri bu ye a la Dire c c i ó n G e n e ral de Dep o rtes entre otras funciones, la dirección de las acciones encaminadas a fomentar y pro m over la práctica del dep o rte y de la educación física en el ámbito de la Comu n i d a d.

La Consejería de Cultura y Tu rismo para poder cumplir el objetivo de p ro m over la práctica del dep o rt e, c o n s i d e ra pri o ri ta ria la colab o ración de las Fe d e raciones Dep o rt ivas de Castilla y León y del resto de entidades que persiguen fines de carácter dep o rt ivo , de modo que éstas orga n i c e n , con el ap oyo de la Consejería, a c t ividades dep o rt ivas diri gidas a gran parte de la p o bl a c i ó n .

En consecuencia, de confo rmidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en virtud de las at ri buciones confe ridas por la Ley 3/2001, d e 3 de julio, del Gobierno y de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y León, se convoca concurso publico para la concesión de subve n c i o n e s , de acuerdo con las siguientes BA S E S :

P ri m e ra.­ Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de activ i d a d e s d ep o rt ivas para el año 2005.

1.2. Las actividades dep o rt ivas subve n c i o n ables se desarrollarán dura nte el ve rano de 2005 en instalaciones de titularidad pública o priva d a , d ebiendo encuadra rse dentro de alguno de los siguientes subprogra m a s :

a ) Campus Dep o rt ivo s .

b ) A c t ividades de perfeccionamiento técnico dep o rt ivo de cat ego r í a s m e n o re s .

S egunda.­ Dotación pre s u p u e s t a ria.

2.1. La cuantía global máxima de las subvenciones será de T R E S C I E NTOS MIL EUROS (300.000 ) con cargo a la aplicación pre s u p u e s t a ri a 10.04.457A01.7800X.

2.2. La cuantía máxima a abonar por actividad será de DOCE MIL E U ROS (12.000 ) .

Te rc e ra.­ Benefi c i a rios.

Podrán optar a las subvenciones objeto de esta Orden las fe d e ra c i o n e s d ep o rt ivas de Castilla y León y resto de entidades dep o rt ivas que se encuent ren inscritas en la fe cha de publicación de esta Orden en el Regi s t ro de Entidades de Castilla y León, así como las fundaciones legalmente constituidas con domicilio en Castilla y León que pers i ga n , c o n fo rme a sus Estat u t o s , fines de carácter dep o rt ivo , de acuerdo con las siguientes reg l a s :

­ Podrán solicitar subvenciones para la realización de activ i d a d e s d ep o rt ivas calificadas de 'Campus Dep o rt ivo s ' , clubes y agru p a c i ones dep o rt ivas que fi g u ren en la máxima cat egoría nacional o equivalente de su modalidad dep o rt iva y fundaciones.

­ Podrán solicitar subvenciones para la realización de actividades de p e r feccionamiento técnico dep o rt ivo de cat egorías menores las fe d eraciones dep o rt ivas de Castilla y León.

C u a rta.­ Solicitudes y documentación.

4.1. Los interesados diri girán sus solicitudes a la Excma. Sra. Consejera de Cultura y Tu ri s m o , s egún modelo normalizado que fi g u ra en el A n exo I de la presente Ord e n , pudiendo ser presentados directamente en el Regi s t ro de la Consejería de Educación y Cultura (Monasterio Ntra. Sra. de Pra d o .

Au t ovía Puente Colga n t e, s/n 47071 Valladolid) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de nov i e m b re, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Publicas y Pro c e d i m i e n t o A d m i n i s t rat ivo Común.

Dada la nat u raleza de la documentación a acompañar, se ex cl u ye la posibilidad de presentar las solicitudes por telefa x .

4.2. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación, o ri ginal o copia compulsada:

a ) P royecto de la actividad confo rme al modelo normalizado que fi g u ra como A n exo II (páginas 1 a 8) de la presente Orden.

b ) C e rt i ficado del Secre t a rio de la entidad solicitante, en el que se haga constar los datos de la entidad bancari a , con el número de cuenta en el que se desea sea ingresada la cantidad correspondiente a la activ idad subve n c i o n a d a , c o n fo rme al modelo que fi g u ra en el A n exo III.

La tarjeta de Te s o rería será presentada una vez resuelta la concesión de la subve n c i ó n .

c ) Tarjeta de Identificación Fiscal o el re s g u a rdo de hab e rse solicitado.

d ) En el supuesto de fundaciones deberán presentar además documento ac re d i t at ivo de su inscripción en el Regi s t ro correspondiente así como copia compulsada de sus estat u t o s , a efectos de comprobar sus fines dep o rt ivo s .

e ) A las solicitudes para la realización de proyectos en instalaciones privadas se acompañara además la siguiente documentación:

­ Documento que acredite la titularidad y/o el dere cho de la pro p i edad de la instalación o de la entidad solicitante a prestar los serv icios de alojamiento, m a nutención y otros que fueran necesari o s .

­ C e rt i ficado de la propiedad de la instalación en el que se manifi e sta que las instalaciones reúnen los requisitos establecidos en el D e c reto 66/1993, de 25 de marzo , regulador de la Organización de A c t ividades de A i re Libre, si fuera esa la tipología de la instalación a d o p t a d a , o en su caso de cumplimiento de la norm at iva vigente de Sanidad y Seg u ridad Social ap l i c abl e.

Quinta.­ Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.

5.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días nat u ra l e s contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

5.2. Si las solicitudes no re u n i e ran los requisitos establecidos en la presente Ord e n , se re q u e rirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, s u bsane la falta o acompañe los documentos pre c ep t ivo s , con indicación de que, si así no lo hiciera ,se le tendrá por desistido de su petición, p revia re s o l u c i ó n .

S exta.­ Comisión de selección.

Admitidas las solicitudes, serán revisadas y evaluadas atendiendo a los c ri t e rios de la base séptima, por una Comisión de selección presidida por el D i rector General de Dep o rtes o persona en quien deleg u e, e integrada por un mínimo de cuat ro vocales designados por éste, actuando uno de ellos como S e c re t a ri o .

Séptima.­ Cri t e rios de selección.

La comisión valorará las solicitudes presentadas según los siguientes criterios:

a ) P rogramación adaptada a la edad de los participantes y objetivo s d ep o rt ivos de la convo c at o ri a .

b ) P re s u p u e s t o : I m p o rte total, grado de autofi n a nc i a c i ó n , cuantía solicitada y viabilidad económica.

c ) N.º de part i c i p a n t e s .

d ) Cuota de inscri p c i ó n .

O c t ava.­ Resolución.

8.1. La convo c at o ria será resuelta por la Consejera de Cultura y Tu ri s m o a propuesta ra zonada del Director General de Dep o rtes vista la eva l u a c i ó n de la Comisión de selección.

8.2. La resolución motivada se publicará en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' mediante la relación de solicitantes a los que se concede subve n c i ó n , entendiéndose desestimadas aquellas solicitudes que no ap a re z c a n en esta re l a c i ó n .

8.3. El plazo máximo para re s o l ver la convo c at o ria y notificar la re s o l ución será de tres meses contados a partir del día siguiente a la fe cha de fi n alización del plazo de presentación de las solicitudes. Tra n s c u rrido dich o p l a zo sin que haya sido notificada resolución ex p resa se podrá entender desestimadas las solicitudes.

8.4. Contra la re s ol u c i ó n , que pone fin a la vía administrat iva , p o d r á i n t e rp o n e rse potestat ivamente re c u rso de reposición ante la Consejera de C u l t u ra y Tu rismo o bien directamente re c u rso contencioso administrat ivo .

Suplemento n.º 2 al N.º 32 Miércoles, 16 de febrero 2005 27

N ovena.­ Obl i gaciones de los benefi c i a rios.

Los benefi c i a rios de las subve n c i o n e s , en el plazo de 10 días, c o n t a d o s a partir del día siguiente de la publicación de la Orden de resolución de la c o nvo c at o ria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' deb e r á n :

a )Designar un interlocutor ante la Dirección General de Dep o rt e...

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