DECRETO 112/1997, de 29 de mayo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Ponferrada (León), para la ejecución de la obra «Urbanización de la Avenida del Castillo en su confluencia con las calles Marcelo Macías y Eladia Baylina».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 112/1997, de 29 de mayo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Ponferrada (León), para la ejecución de la obra «Urbanización de la Avenida del Castillo en su confluencia con las calles Marcelo Macías y Eladia Baylina».

Con el fin de ejecutar el proyecto de urbanización de la Avenida del Castillo en su confluencia con las calles Marcelo Macías y Eladia Baylina, de la localidad de Ponferrada (León), el Ayuntamiento instruye expediente de expropiación forzosa, en el que solicita de la Junta de Castilla y León la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.

El Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de octubre de 1996, adoptó acuerdo de iniciación del expediente expropiatorio de los bienes que resulta necesario ocupar, procediéndose a la aprobación de la relación de bienes y propietarios afectados. La misma ha sido sometida al trámite de información pública mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el «Boletín Oficial de la Provincia» n.º 291, de 20 de diciembre, y en un diario de la provincia, así como mediante notificación individual al único afectado, sin que durante el plazo concedido al efecto se hayan presentado reclamaciones.

La urgencia de la ocupación se encuentra aconsejada en el presente expediente con el fin de evitar los riesgos de índole higiénico-sanitarios y de seguridad vial que la actual situación puede producir.

La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el R.D. 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la tramitación del expediente por el procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el día 29 de mayo...

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