ORDEN HAC/435/2009, de 20 de febrero, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/435/2009, de 20 de febrero, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada.

La Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León establece en su Exposición de Motivos que 'Los poderes públicos han de actuar en realidades sociales y territoriales de considerable complejidad.

El acierto y la eficacia de tal actuación, como de cualquier otra, depende de un conocimiento adecuado de esas realidades. Las técnicas y métodos estadísticos, debidamente utilizados, son medios eficaces para aproximarse a dichas realidades y obtener una información que constituya una base sólida en que apoyar cualquier análisis, perspectiva de conjunto o toma de decisiones'.

La Consejería de Hacienda, consciente de la importancia que la investigación en el campo de la estadística aplicada tiene para ampliar y profundizar en dicho conocimiento, viene desarrollando diversas iniciativas de promoción e impulso de la investigación en este campo.

En este sentido y con el objeto de promover, impulsar y fomentar la investigación sobre metodología estadística, se considera oportuna la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de trabajos y proyectos de investigación en las universidades de Castilla y León.

La presente convocatoria de subvenciones se realiza al amparo de la Orden HAC/196/2009, de 4 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada.

Por todo ello, de conformidad con las bases mencionadas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León DISPONGO Primero. Objeto y finalidad.

  1. La presente convocatoria tiene por objeto impulsar la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada en el ámbito universitario de Castilla y León, a través de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada, durante el ejercicio 2009. La finalidad perseguida es la mejora del conocimiento de la Comunidad de Castilla y León a través de la investigación en estadística aplicada.

  2. Serán subvencionables los trabajos y proyectos de investigación inéditos en materia de estadística aplicada, relevantes para mejorar el conocimiento de la realidad geográfica, medioambiental, económica, social y demográfica de Castilla y León o de cualquier nivel territorial inferior relacionado, y siempre que justifiquen su especial interés para la Comunidad.

    Segundo. Régimen jurídico.

    Las subvenciones convocadas por la Consejería de Hacienda, destinadas a la realización de trabajos y proyectos en materia de estadística aplicada, están sometidas a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, al resto de legislación de la Comunidad de Castilla y León en materia de subvenciones y a lo establecido en la Orden HAC/196/2009, de 4 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos de investigación en materia de estadística aplicada, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', n.º 28, de 11 de febrero de 2009.

    Tercero. Dotación presupuestaria.

  3. Las subvenciones se financiarán, existiendo dotación adecuada y suficiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 02.04.467B03.78029.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2009, por un importe global máximo de 77.000 euros.

  4. No obstante lo anterior, dicho crédito podrá ser modificado en función de las solicitudes y disponibilidades presupuestarias, previa realización de los trámites correspondientes.

    Cuarto. Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Universidades públicas y privadas y los Centros Asociados a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, todos ellos con sede en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, y siempre que ofrezcan formación estadística o realicen actividad investigadora en esta materia.

    Quinto. Criterios de valoración y de determinación de la cuantía.

  5. Las solicitudes se valorarán conforme a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación, transparencia y publicidad, conforme a los siguientes criterios:

    1. Adecuación entre el objeto del trabajo o proyecto de investigación y las líneas prioritarias de investigación establecidas en el apartado duodécimo de la presente convocatoria, hasta 3 puntos.

    2. Interés del trabajo o proyecto de investigación para la Comunidad Autónoma de Castilla y León, hasta 2 puntos.

    3. Originalidad y calidad metodológicas, hasta 2 puntos.

    4. Desagregación de resultados al máximo nivel territorial, hasta 4 puntos.

    5. Incorporación al proyecto de personal en formación, hasta 4 puntos.

    6. Viabilidad de la propuesta, incluyendo en este contexto la adecuación y capacidad del grupo de investigación para el cumplimiento de las actividades previstas, así como el rigor en el planteamiento y adecuada planificación temporal de las actividades, hasta 3 puntos.

    7. En el supuesto de entidades solicitantes que no sean Administraciones Públicas, que cuenten con trabajadores por cuenta ajena y se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes, en cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad en los términos establecidos en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de...

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