ORDEN HAC/627/2006, de 10 de abril, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos en materia de estadística aplicada.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/627/2006, de 10 de abril, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos en materia de estadística aplicada.

La necesidad de promover, impulsar y fomentar la investigación sobre metodología estadística para lograr un mejor conocimiento de la realidad en la que adoptan sus decisiones el Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, los agentes económicos y sociales y, en general, cualquier ciudadano en el ámbito de Castilla y León, ha venido aconsejando el otorgamiento de subvenciones destinadas a la realización de trabajos y proyectos en materia de estadística aplicada.

La presente convocatoria de subvenciones se realiza al amparo de la ORDEN HAC/295/2006, de 27 de febrero, que en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece las bases reguladoras que rigen la concesión de las mismas.

En consecuencia, de conformidad con las bases mencionadas, la Ley General de Subvenciones, la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO:

Primero ? Objeto y finalidad.

Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de trabajos y proyectos en materia estadística, durante el ejercicio 2006.

El fin perseguido es fomentar la investigación, en el ámbito universitario, en materia de estadística aplicada orientada a mejorar el conocimiento de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Segundo.? Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden HAC/295/2006, de 27 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la realización de trabajos y proyectos en materia de estadística aplicada, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 3 de marzo de 2006.

Tercero.? Dotación presupuestaria.

El importe global máximo de estas subvenciones será de 62.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria 02.04.467A01.780.29 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006.

Cuarto.? Beneficiarios.

  1. ? Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Universidades y los centros asociados a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, todos ellos con sede en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, y siempre que ofrezcan formación estadística o realicen actividad investigadora en esta materia.

  2. ? Los beneficiarios adquieren los siguientes compromisos:

    1. Realizar las actuaciones necesarias para que los trabajos subvencionados cumplan con el objeto de la subvención que es contribuir a mejorar el conocimiento sobre la realidad de los diversos niveles territoriales de la Comunidad, pudiendo hacerse en colaboración con la Consejería de Hacienda.

    2. Realizar el trabajo o proyecto con medios personales propios de la Universidad solicitante.

    Quinto.? Régimen de los trabajos y proyectos.

  3. ? Serán subvencionables los trabajos y proyectos inéditos que planteen la realización de trabajos e investigaciones en materia de estadística aplicada, relevantes para mejorar el conocimiento de la realidad geográfica, medioambiental, económica, social y demográfica de Castilla y León o cualquier nivel territorial inferior relacionado, y siempre que justifiquen su especial interés para la Comunidad.

  4. ? La forma de realización de los trabajos y proyectos será la establecida en las bases reguladoras.

  5. ? Cualquier modificación del trabajo o proyecto de investigación en relación con la solicitud formulada deberá comunicarse previamente al Director General de Estadística, que analizará las causas que justifiquen este hecho y dictará la oportuna resolución autorizando o no la misma.

    Sexto.? Solicitudes.

  6. ? Las solicitudes, presentadas y firmadas por los directores de equipo de trabajo en nombre de la Universidad solicitante, irán dirigidas a la Excma. Sra. Consejera de Hacienda según el modelo que figura como Anexo I a la presente convocatoria, disponible también en la página Web de la Dirección General de Estadística (www.jcyl.es/estadística).

  7. ? Junto con la solicitud, deberán presentarse los documentos originales o fotocopias (acompañadas del original para proceder a su compulsa) relacionados a continuación:

    1. Declaración expresa del solicitante, según el modelo Anexo II, en nombre de la Universidad y con el visto bueno del Director del Departamento o Instituto correspondiente, de:

      ? Conocer, aceptar y reunir todos los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria.

      ? Ser ciertos todos los datos contenidos en...

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