ORDEN EDU/690/2007, de 9 de abril, que complementa a la Orden EDU/1256/2006, de 19 de julio, por la que se declararon aptos en la fase de prácticas y se aprobó parcialmente el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden PAT/489/2005, de 22 de abril.

SecciónAutoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/690/2007, de 9 de abril, que complementa a la Orden EDU/1256/2006, de 19 de julio, por la que se declararon aptos en la fase de prácticas y se aprobó parcialmente el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden PAT/489/2005, de 22 de abril.

Por Orden PAT/489/2005, de 22 de abril, se convocó procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros y adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

En virtud de la Orden EDU/1162/2005, de 6 de septiembre, se nombraron funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en los citados procedimientos.

Mediante Orden EDU/1256/2006, de 19 de julio, se declararon aptos en la fase de prácticas y se aprobó parcialmente el expediente, se aplazó la realización de la fase de prácticas a D.ª Julia M. Carmen Cuñado Lera,

D.ª M. Teresa Jiménez Prieto y D.ª M. Jesús Piñero Fernández y se prorrogó la realización de dicha fase a D.ª M. Jesús González García y a D.ª Cristina López Brea Merino, de conformidad con el apartado undécimo de la Orden EDU/1162/2005, de 6 de septiembre.

Mediante Orden de 11 de septiembre de 2006, de la Consejería de Educación, se dejó sin efecto la declaración de aptitud de D.ª Anunciación Martín García en la fase de prácticas del citado procedimiento selectivo.

Finalizada la fase de prácticas prevista en la base undécima de la citada Orden PAT/489/2005, de 22 de abril,

RESUELVO Primero. Declarar aptos en la fase de prácticas por haber sido evaluados positivamente por la Comisión Calificadora correspondiente a los aspirantes incluidos en el Anexo a la presente Orden.

Segundo. El régimen jurídico administrativo de los Maestros que se declaran aptos en la fase de prácticas por la presente Orden, será, hasta la toma de posesión como funcionario de carrera, el de funcionario en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.

Tercero. Aprobar el expediente y hacer público el ingreso en el cuerpo de Maestros de los aspirantes incluidos en el Anexo a la presente Orden.

El nombramiento como funcionarios de carrera tendrá efectos de 1 de septiembre de...

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