ORDEN EDU/406/2010, de 25 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para colaborar en la financiación de la movilidad de aquellos estudiantes de las universidades de Castilla y León que participen en programas de movilidad internacional no Erasmus.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
La Consejería de Educación, en cumplimiento de los principios y objetivos previstos en la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, considera oportuno apoyar la movilidad internacional no Erasmus concediendo una ayuda económica a los estudiantes de las universidades de Castilla y León que participen en programas de movilidad internacional no Erasmus, fruto de convenios suscritos entre las universidades de la Comunidad con universidades extranjeras.
Por ello, mediante Orden EDU/660/2009, de 23 de marzo, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas, destinadas a las universidades de Castilla y León, con la finalidad de colaborar en la financiación de la movilidad de aquellos de sus estudiantes que participen en programas de movilidad internacional no Erasmus.
La Ley 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras ha modificado la redacción del artículo 46. bis) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de modo que, en lugar de fomentar la movilidad de los estudiantes de educación superior de Castilla y León en el espacio europeo, se amplía dicha movilidad al ámbito internacional. Así, dicho precepto establece que, con esta finalidad, la Administración de la Comunidad concederá subvenciones a los estudiantes de educación superior de Castilla y León que podrán complementar las que reciban con el mismo fin de las propias universidades o de otras entidades nacionales o internacionales, en cuyo caso se podrán conceder, previa convocatoria, a todos aquellos estudiantes que reúnan los requisitos que establezca su normativa reguladora.
La nueva redacción del artículo 46.bis) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, implica la necesidad de derogar la Orden EDU/660/2009, de 23 de marzo, de modo que los beneficiarios de las ayudas convocadas por la Consejería de Educación no sean las universidades sino los estudiantes de las universidades de Castilla y León que hayan sido seleccionados por éstas para participar en programas de movilidad internacional no Erasmus.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y
DISPONGO:
-
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas establecidas por ley al amparo del artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para colaborar en la financiación de la movilidad de aquellos estudiantes de las universidades de Castilla y León que participen en programas de movilidad internacional no Erasmus.
-
Las ayudas irán destinadas a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino, derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en los programas de movilidad internacional no Erasmus, fruto de los convenios establecidos entre las universidades de Castilla y León y otras universidades extranjeras.
-
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior, resulten seleccionados, por su universidad, para participar en un programa de movilidad internacional no Erasmus.
-
No podrán tener tal condición quienes hayan resultado beneficiarios en las anteriores convocatorias realizadas, con la misma finalidad, por la Consejería de Educación.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba