ORDEN CYT/599/2013, de 12 de julio , por la que se convocan becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2013-2014.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

Por Orden CYT/1258/2009, de 1 de junio, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 109, de 11 de junio de 2009, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.

Estas becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León tendrán como finalidad velar para que los deportistas de estas Residencias tengan una formación integral.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, supuso un refrendo decisivo en el desarrollo de la Administración electrónica.

La Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Autonómica, pudiendo realizarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, viene a garantizar el ejercicio efectivo del derecho de los ciudadanos a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Por ello, esta orden recoge una serie de previsiones necesarias para hacer posible la presentación de la solicitud para la concesión de becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León, a través del Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Orden CYT/1258/2009, de 1 de junio, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de conformidad con la propuesta formulada por el Director General de Deportes

RESUELVO

Primero.- Convocatoria.

Se convocan becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2013-2014.

Segundo.- Objeto de la convocatoria.

Las becas se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, para colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2013-2014, con carácter de residentes internos, en el número y Residencias Deportivas que se señala a continuación:

- 5 becas de colaboradores y 1 beca de tutor de estudios para la Residencia

Deportiva «Río Esgueva» de Valladolid.

- 1 beca de colaborador y 1 beca de tutor de estudios para la Residencia Deportiva

Victorio Macho

de Palencia.

Tercero.- Conceptos subvencionables.

Los conceptos que incluyen las becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León son, con carácter de residente fijo, los gastos de alojamiento y de manutención.

Cuarto.- Beneficiarios.

  1. Podrán ser beneficiarios de las becas de colaboradores y tutores de estudios en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León todas aquellas personas que cumplan los requisitos que se señalan a continuación:

    1. Jóvenes comprendidos entre los 20 y 30 años a fecha de publicación de esta Orden.

    2. Deberán estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento de presentar la solicitud.

    3. Ser propuesto para la beca por una Federación Deportiva de Castilla y León, por cualquiera de las Residencias Deportivas indicadas en el apartado segundo de la presente orden, por los Clubes Deportivos de Castilla y León, Colegios Profesionales o Escuelas Universitarias de Actividad Física y Deportes de Castilla y León.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de...

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