ORDEN FAM/832/2007, de 26 de abril, por la que se convocan becas de colaboradores para el curso 2007-2008 en las residencias juveniles adscritas a la Dirección General de Juventud.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/832/2007, de 26 de abril, por la que se convocan becas de colaboradores para el curso 2007-2008 en las residencias juveniles adscritas a la Dirección General de Juventud.

La Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León define a las residencias juveniles como establecimientos de carácter cultural y formativo puestos al servicio de aquellos jóvenes que por razones de estudio o trabajo se ven obligados a permanecer fuera de su domicilio familiar durante, al menos, un trimestre.

Su fin primordial es proporcionar una convivencia educativa que fomente el pleno desarrollo de la personalidad a través del ejercicio de valores de carácter social, cultural y recreativo, tanto de los jóvenes residentes como de aquellos, que sin tener este carácter, puedan beneficiarse de la labor que generan las actividades a este fin programadas.

La concesión de becas en favor de los jóvenes, con especiales aptitudes o de mayor idoneidad para la animación de distintas facetas de la convivencia en la residencia, hará que sea más factible la consecución de los objetivos descritos.

Asimismo, la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León ('B.O.C. y L.' de 14 de marzo de 2007) señala entre otros beneficios la de tener en cuenta a los miembros de familias numerosas, para la concesión de becas de colaboradores en Residencias juveniles, habiéndose establecido como criterio de valoración.

En virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y el Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, se acuerda convocar becas de colaboradores en las residencias Juveniles dependientes de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, con arreglo a las siguientes BASES Primera. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de 37 becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para el curso 2007-2008.

1.2. De conformidad con lo establecido en el Anexo II del Decreto 14/2006 de 9 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios públicos por la prestación de servicios en instalaciones juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León, ('B.O.C. y L.' n.º 52 de 15 de marzo de 2006), los becarios colaboradores se beneficiarán de la exención de la cuota de residente fijo, en régimen de pensión completa.

1.3. El número máximo de becas por Residencia Juvenil es el que se señala en el Anexo I de la presente Orden.

Segunda. Beneficiarios.

Podrán acceder a las becas aquellos jóvenes estudiantes que hayan sido seleccionados como residentes para el curso y residencia juvenil en la que solicitan beca y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser castellano-leones, o acreditar vecindad administrativa continuada en Castilla y León desde el 30 de septiembre de 2006.

  2. Tener una antigüedad como residente, en la residencia solicitada, de al menos, un año.

  3. Haber superado en el último curso realizado (2006-2007) un mínimo del 30% de los créditos imputados a un curso académico; o en su defecto, de aquéllos en los que estuviera matriculado, siempre y cuando suponga la carga lectiva...

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