ORDEN EDU/819/2008, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con el Fondo Social Europeo, destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones dirigidas a la prevención y reducción del abandono escolar temprano.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Mayo de 2008
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/819/2008, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con el Fondo Social Europeo, destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones dirigidas a la prevención y reducción del abandono escolar temprano.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación determina en su preámbulo que tras haber conseguido que todos los jóvenes estén escolarizados hasta los dieciséis años de edad, el objetivo consiste ahora en mejorar los resultados generales y en reducir las todavía elevadas tasas de terminación de la educación básica sin titulación y de abandono temprano de los estudios.

El artículo 5 del capítulo II determina que corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de aprendizaje flexibles, que permitan la adquisición de competencias básicas y en su caso las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación. Asimismo establece que el sistema educativo debe facilitar y las Administraciones Públicas deben promover que toda la población llegue a alcanzar una formación de educación secundaria postobligatoria o equivalente.

De conformidad con esta previsión legal, la Consejería de Educación considera oportuno financiar la realización de actuaciones por parte de entidades privadas sin ánimo de lucro dirigidas a la prevención y reducción del abandono escolar temprano, fomentando la continuidad en el proceso educativo o la reintegración a la actividad educativa de los jóvenes menores de 24 años que ya han abandonado el sistema escolar.

Esta ayudas están cofinanciadas por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del compromiso asumido por la Comunidad de Castilla y León en la cláusula cuarta del convenio de colaboración suscrito entre ambas entidades el 20 de diciembre de 2007 para el plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y cuentan con financiación del Fondo Social Europeo aquellas ayudas dirigidas al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria en virtud de la cláusula sexta del citado convenio de colaboración.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, exige que con carácter previo al otorgamiento de subvenciones se aprueben las normas que establezcan sus bases reguladoras de concesión, con el...

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