ORDEN AYG/583/2009, de 11 de marzo, por la que se convocan ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), para la mejora de las estructuras de producción y modernización de las explotaciones agrarias en aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo y ayudas financiadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de otras inversiones en las explotaciones agrarias. (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/583/2009, de 11 de marzo, por la que se convocan ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), para la mejora de las estructuras de producción y modernización de las explotaciones agrarias en aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo y ayudas financiadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de otras inversiones en las explotaciones agrarias.

Con el fin de restablecer y reforzar la competitividad de las zonas rurales y contribuir a la creación y mantenimiento de empleo en las mismas, así como promover la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación, los órganos competentes de la Unión Europea, respetando los principios de subsidiariedad y simplificación normativa, han promulgado normas que refuerzan los citados objetivos.

El Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), refuerza la política de desarrollo rural, prioriza las ayudas a los agricultores jóvenes a fin de facilitar su instalación y el ajuste de las estructuras de producción de sus explotaciones, incrementando la ayuda para estos fines. En el Reglamento (CE) n.º 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

El Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas permite la concesión de ayudas para la realización de inversiones en explotaciones agrarias con el fin de facilitar el desarrollo de actividades económicas de pequeñas y medianas empresas.

La normativa de la Comunidad de Castilla y León en concordancia con la comunitaria, debe recoger estas actuaciones y aquellas otras que se consideran adecuadas para favorecer la solución de problemas estructurales de la agricultura de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, y en sintonía con los nuevos planteamientos y objetivos de desarrollo rural, la Comunidad Autónoma de Castilla y León considera de interés prioritario organizar un sistema cofinanciado de ayudas para la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias basado en: la planificación integral de la explotación agraria gestionada por el agricultor profesional con cualificación suficiente; en el fomento de fórmulas asociativas para la integración de empresas escasamente competitivas en el plano individual; en la compatibilidad de las producciones agrarias con las exigencias de protección del medio ambiente, de conservación del medio natural y de higiene y bienestar de los animales;

así como en la instalación de jóvenes empresarios en el sector incentivando nuevas vocaciones. Todas estas circunstancias propiciarán, en definitiva, la ordenación de la economía regional, con influencia directa en la política de empleo generado o inducido, como consecuencia de las nuevas inversiones.

Las actuaciones previstas en la presente convocatoria, son cofinanciadas por el FEADER, la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma. Las medidas cofinanciadas lo serán conforme a los programas de desarrollo rural aprobados por la Comisión de la Unión Europea, excepto las ayudas financiadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la realización de otras inversiones en las explotaciones agrarias.

Mediante Orden AYG/537/2009, se aprueban las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 26.1.f de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo informe favorable de la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León, en lo que respecta a las medidas financiadas por el FEADER, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias mas representativas y la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León DISPONGO:

CAPÍTULO I Objeto Primero. Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer, a través de la convocatoria de determinadas ayudas, un sistema de medidas de aplicación, en el ámbito territorial de Castilla y León, del Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, así como de ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, con el fin de facilitar el desarrollo de actividades económicas.

Segundo. Bases Reguladoras.

Las Bases Reguladoras de estas subvenciones se recogen en la Orden AYG/537/2009, de 3 de marzo, por la que se establecen las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias ('B.O.C. y L.' n.º 46, de 9 de marzo).

Tercero. Clases de ayudas.

  1. Líneas de ayudas incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013.

    1. Modernización de explotaciones agrícolas. Medida 121.

      Línea B. Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.

      Línea Q. Inversiones para el uso más eficiente del agua de riego.

    2. Instalación de agricultores jóvenes. Medida 112.

      Línea A. Primera instalación de agricultores jóvenes.

  2. Líneas de ayudas al amparo del artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

    Inversiones para prestación de servicios a terceros. (Línea P).

    Inversiones colectivas (Línea I).

    Cuarto. Requisitos y obligaciones para ser beneficiario.

    Podrán acceder a las ayudas para la mejora de las estructuras de producción y modernización de las explotaciones agrarias, los beneficiarios que cumplan los requisitos y obligaciones establecidos en la Orden AYG/537/2009, de 3 de marzo.

  3. Cualquier beneficiario, según el caso, deberá aportar:

    1.1. Agrupación de personas físicas. Comunidades hereditarias y comunidades de bienes:

    Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

    Compromiso de indivisión por período de seis años.

    Acta o escritura de constitución (acompañada de un inventario de bienes firmado por las partes, en el que figure la aportación de cada una).

    Reglamento de funcionamiento.

    Acuerdo para solicitar las ayudas.

    Nombramiento de representante.

    DNI y NIF de cada uno de los miembros.

    1.2. Persona jurídica.

    Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

    Acta o escritura de constitución (acompañada de un inventario de bienes firmado por las partes, en el que figure la aportación de cada una).

    Copia de estatutos vigentes.

    Copia de los poderes que acreditan al representante para firmar la solicitud.

    Certificado actualizado del registro de inscripción que corresponda, en su caso.

    Impuesto de sociedades, en su caso.

    Certificación de componentes de la sociedad, en la que con carácter general deberá contener la identificación de socios y su NIF.

    En caso de sociedades anónimas, certificación de que las acciones son nominativas.

    Acreditación de los domicilios social y...

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