ORDEN PAT/81/2006, de 27 de enero, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el F.S.E. para la creación de empleo con apoyo y para el desarrollo de habilidades personales y sociales de las personas con discapacidad para el año 2006

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/81/2006, de 27 de enero, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el F.S.E. para la creación de empleo con apoyo y para el desarrollo de habilidades personales y sociales de las personas con discapacidad para el año 2006.

La lucha contra el desempleo y la creación de nuevos puestos de trabajo es uno de los objetivos prioritarios del Gobierno Regional. La política de empleo de la Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos la integración laboral de colectivos con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo como el de las personas con discapacidad.

Conseguir el acceso al mercado de trabajo libre y sin discriminación es un paso importante para lograr la cohesión social. Para ello se introducen mecanismos destinados a incentivar la contratación de trabajadores con discapacidad.

En este empeño, la Junta de Castilla y León, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, organismo autónomo adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Economía y Empleo, con la financiación del Fondo Social Europeo (F.S.E.) gestionarán un programa de integración socio-laboral de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial mediante la concesión de subvenciones con esta finalidad que incluirá el fomento del empleo con apoyo y el apoyo para el desarrollo de habilidades personales y sociales.

Con esta convocatoria se pretenden cumplir los siguientes objetivos:

La integración socio-laboral de personas con discapacidad.

La motivación de los agentes económicos para la inserción laboral normalizada de personas desempleadas con especiales dificultades para alcanzar dicho objetivo.

La coordinación de los medios económicos y personales de la Junta de Castilla y León.

B.O.C. y L. - N.º 24 Viernes, 3 de febrero 2006 1861

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS

Tanto la Consejería de Economía y Empleo como la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para el ámbito de la Gerencia de Servicios Sociales, tienen aprobadas bases reguladoras para la concesión de subvenciones.

Las ayudas se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el 2006. Estas actuaciones están cofinanciadas con cargo al F.S.E. en el Programa Operativo 2000-2006 de la Región de Castilla y León, por ello es de aplicación el Decreto 66/1996, de 21 de marzo, por el que se regulan las actuaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 71.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a iniciativa conjunta del Consejero de Economía y Empleo y de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,

DISPONGO:

Primero. Convocar en régimen de concurrencia competitiva, ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para la creación de empleo con apoyo y para el desarrollo de habilidades personales y sociales de las personas con discapacidad para el año 2006, que se regirá por las bases que se incorporan como Anexo I a la presente Orden.

La convocatoria se ajusta a lo dispuesto en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan por la Consejería de Economía y Empleo y la Orden FAM/1661/2005, de 11 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de la Gerencia de Servicios Sociales.

Segundo. Régimen Jurídico.

El procedimiento de tramitación se ajustará supletoriamente a lo establecido en la presente Convocatoria, la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan por la Consejería de Economía y Empleo; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados a financiar las ayudas establecidas en la presente convocatoria para el año 2006 son las siguientes:

Consejería de Economía y Empleo:

Aplicación presupuestaria Importe 08.05.241C01. 770.18.00 125.010 euros 08.05.241C01. 780.90.00 425.092 euros Gerencia de Servicios Sociales:

Aplicación presupuestaria Importe 09.21.241B03. 76067 100.000 euros 09.21.241B03. 77019 300.000 euros Estas ayudas están cofinanciadas de acuerdo con el Programa Operativo 2000 ES 16 1 PO 007 Castilla y León CE (2005) 4642 por el Fondo Social Europeo en un 70%.

El crédito asignado podrá modificarse, previa realización de los trámites correspondientes, si las circunstancias lo requiriesen.

Cuarto. Efectos.

La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Quinto. Régimen de impugnación.

Contra esta Orden que agota la vía administrativa, potestativa y previamente podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común o directamente, recurso contencioso administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', en virtud de lo dispuesto en los Arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 27 de enero de 2006.

El Consejero de Presidencia y Administración Territorial,

Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Objeto de las subvenciones.

Las ayudas de esta convocatoria tienen por objeto fomentar el empleo de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, que necesiten apoyos para el desempeño del puesto de trabajo, así como la contratación de profesionales que presten estos apoyos en el puesto de trabajo o para el desarrollo de habilidades personales y sociales.

Segunda. Beneficiarios.

Se consideran beneficiarios de las actividades definidas como subvencionables, las Entidades Locales de Castilla y León y las personas físicas o jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León.

Se excluyen de la condición de beneficiarios respecto a las actividades indicadas en la base tercera 1.a) los Centros Especiales de Empleo, las Empresas Públicas y las Participadas.

Cuando los beneficiarios sean Centros Especiales de Empleo, deberán figurar inscritos como tales en el Registro de la Dirección General de Economía Social.

Tercera. Acciones y gastos subvencionables.

  1. En esta convocatoria serán subvencionables las siguientes acciones:

    1. La contratación de...

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