ORDEN EDU/1437/2009, de 2 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales destinadas a financiar programas de educación de personas adultas, para el curso 2009/2010
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EDU/1437/2009, de 2 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales destinadas a financiar programas de educación de personas adultas, para el curso 2009/2010.
Por Orden ED/441/2009, de 2 de marzo, publicada en el 'B.O.C. y L.' n.º 43, de 4 de marzo, se convocaron ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales destinadas a financiar programas de educación de personas adultas, para el curso 2009/2010.
De conformidad con el apartado 8.1 de la Orden de convocatoria y de acuerdo con la propuesta motivada del Director General de Planificación,
Ordenación e Inspección Educativa, una vez informadas las solicitudes por la comisión de selección y visto el expediente,
RESUELVO Primero. Conceder ayudas destinadas a financiar programas de educación de personas adultas para el curso 2009/2010 por un importe de NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (900.685,09 euros) para la anualidad 2009 y de DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO (261.186,91 euros) para la anualidad 2010, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.02.322A03.46003.0, a los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales que figuran en el Anexo I de esta Orden en la cuantía que para cada uno de ellos se determina.
Segundo. Denegar ayudas a las solicitudes que figuran en el Anexo II, por las causas que en él se detallan.
Tercero. Los beneficiarios quedan obligados a presentar la documentación justificativa relacionada en el apartado 9.3 de la Orden de convocatoria antes del día 30 de junio del año 2010.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.
Valladolid, 2 de julio de 2009.
El Consejero,
Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO B.O.C. y L. - N.º 129 Jueves, 9 de julio 2009 21377
...Para continuar leyendo
Solicita tu prueba