ORDEN EDU/1590/2008, de 12 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y por el Ministerio de Trabajo e Inmigración para el desarrollo, por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de programas de cualificación profesional inicial a iniciar durante el año 2008

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1590/2008, de 12 de septiembre, por la que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y por el Ministerio de Trabajo e Inmigración para el desarrollo, por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de programas de cualificación profesional inicial a iniciar durante el año 2008.

Por Orden EDU/1283/2008 de 16 de julio, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', n.º 137 de 17 de julio, se convocaron subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y por el Ministerio de Trabajo e Inmigración para el desarrollo, por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de programas de cualificación profesional inicial a iniciar durante el año 2008.

De conformidad con el apartado noveno de la convocatoria, y vista la propuesta razonada de la Dirección General de Formación Profesional,

RESUELVO Primero. Conceder subvenciones en la cuantía que para cada una de ellas se detalla en los siguientes Anexos de la presente Orden:

· Talleres Profesionales (entidades locales): Anexo I.

· Iniciación Profesional Especial: Anexo II.

· Iniciación Profesional y Talleres Profesionales (entidades privadas sin ánimo de lucro): Anexo III.

Segundo. Denegar ayudas a los solicitantes que se relacionan en el Anexo IV por las causas que figuran en el mismo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 12 de septiembre de 2008.

El Consejero,

Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO

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