DECRETO 83/1985 de 5 de mayo, que establece las nuevas tarifas aplicables para los clubes de ancianas, las guarderías infantiles y centros para personas con deficiencia mental dependientes de la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 10-05-1988 Nº Boletín: 89 / 1988

DECRETO 83/1985 de 5 de mayo, que establece las nuevas tarifas aplicables para los clubes de ancianas, las guarderías infantiles y centros para personas con deficiencia mental dependientes de la Consejería de Cultura y Bienestar Social.

Los Reales Decretos 710/84, de 8 de febrero, 1269/85, de 3 de julio y 555/87, traspasaron a la Comunidad de Castilla y León funciones y servicios en materia de servicios y asistencia sociales, los cuales fueron adscritos a la Consejería de Bienestar Social, mediante Decretos 24/84, de 26 de abril, 128/85 de 31 de octubre y 104/87, de 30 de abril.

Entre los centros transferidos figuraban los Clubes de Ancianos y las Guarderías Infantiles dependientes del extinguido Instituto Nacional de Asistencia social y el Centro para la asistencia de personas con Deficiencia Mental: «Virgen del Yermo» dependiente de AISNA.

Por Orden de 15 de abril de 1988 y 26 de enero de 1988, la citada Consejería regula las condiciones y procedimiento de admisión en Guarderías Infantiles y en el Centro para la asistencia de personas con Deficiencias, respectivamente.

La tabla de renta «per cápita» o ingresos mensuales que establece la cuantía de los precios, sin embargo, se ha seguido rigiendo por la Orden del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social de 21 de septiembre de 1981 para Clubes de Ancianos y Guarderías y por circular de 22/12/80 para Centros de Minusválidos Psíquicos, existiendo en el momento actual un gran desfase entre los precios y la capacidad económica de las familias, ésto nos obliga, de acuerdo a una coherencia política distributiva, a adecuar las cuotas a los recursos económicos de los usuarios.

Así se pretende favorecer a los usuarios de rentas inferiores, no aumentando las cuotas que tenían que abonar hasta el momento, y en aquellos casos en que el nivel de renta de los usuarios lo...

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