ORDEN MAM/354/2009, de 1 de febrero, sobre la declaración de Utilidad Pública e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Zamora, del monte público «Chana del Prado», propiedad del Ayto. de Figueruela de Arriba (Gallegos del Campo), sito en el término municipal de Figueruela de Arriba.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/354/2009, de 1 de febrero, sobre la declaración de Utilidad Pública e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Zamora, del monte público 'Chana del Prado', propiedad del Ayto. de Figueruela de Arriba (Gallegos del Campo), sito en el término municipal de Figueruela de Arriba.

Examinado el expediente ZA-I.U.P.-121/09, incoado por la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II, del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora, a petición del Ayuntamiento de Figueruela de Arriba, del cual son los siguientes sus ANTECEDENTES DE HECHO I. Con fecha 29 de enero de 2008 el Ayuntamiento de Figueruela de Arriba remite al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora un certificado del Secretario del Ayuntamiento, en el que se detalla que en sesión ordinaria celebrada el día 20 de abril de 2007, se acordó solicitar la declaración como montes de Utilidad Pública de los montes contratados siguientes:

· Convenio n.º 9267068, Monte la Moura y Otros de Villarino Manzanas.

· Convenio n.º 9267069, Monte Valdeperdices y Otros de Moldones.

· Convenio n.º 9267070, Las Herrerías y Otros de Figueruela de Arriba.

· Convenio n.º 9267071, Chana El Prado de Figureruela de Arriba.

· Convenio n.º 9267072, La Sierra y Otros, de Riomanzanas.

· Convenio n.º 9267073, La Pelada y Valdegallo de Figueruela de Abajo.

· Convenio n.º 9267074, Adernales de Gallegos del Campo.

· Convenio n.º 9267074, El Colmenalón, Barrancal y Otros de Gallegos del Campo.

· Convenio n.º 9267076, Las Peñas de la Faleitosa yArroyo Ruidanta de Figueruela de Abajo.

II. Con fecha 3 de noviembre de 2007, el pleno del Ayuntamiento de Figueruela de Arriba acordó solicitar a la Junta de Castilla y León la declaración de Utilidad Pública de los terrenos.

III. Con fecha 12 de diciembre de 2008 el Ayuntamiento de Figueruela de Arriba remite un certificado en el que se detalla que la catalogación de los terrenos propuesta ha sido sometida a información pública por espacio de un mes, sin que se haya presentado reclamación alguna al respecto.

IV. Con fecha 15 de julio de 2008 la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II emite un Informe, detallando que los terrenos que se declaran de utilidad pública pertenecen al Ayuntamiento de Figueruela de Arriba y son los integrados en el contrato de repoblación número 9267071, más 645, 8333 Ha. de libre disposición del Ayuntamiento.

El Informe se extiende en el análisis fisiográfico del monte, para a continuación justificar su declaración de utilidad pública, al cumplir con los siguientes apartados del artículo 13 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes:

'a. Que cumplan alguna de las características enumeradas en los artículos 24 y 24 bis.

  1. Dentro de los apartados del artículo 24 cumple con:

    'a. Los situados en cabeceras de cuencas hidrográficas y aquellos otros que contribuyan decisivamente a la regulación del régimen hidrológico, evitando o reduciendo aludes, riadas e inundaciones y defendiendo poblaciones, cultivos o infraestructuras.

  2. Que eviten o reduzcan los desprendimientos de tierras o rocas y el aterramiento de embalses y aquellos que protejan cultivos e infraestructuras contra el viento.' Asimismo, de los apartados del artículo 24 bis cumple con:

    'a. Que contribuyan a la conservación de la diversidad biológica, a través del mantenimiento de los sistemas ecológicos, la protección de la flora y la fauna o la preservación de la diversidad...

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