ORDEN HAC/880/2013, de 17 de octubre, por la que se dispone el cese y el nombramiento de Consejeros Asesores del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorCortes de Castilla y Leon
Rango de LeyOrden

La Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León, crea en su artículo 14 el Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León como órgano consultivo de los servicios estadísticos de la Comunidad, añadiendo a continuación que su composición, organización y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

El Decreto 27/2001, de 1 de febrero, por el que se regula la constitución, composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León, establece en su artículo 3.1.d) que forman parte del mismo, como Consejeros asesores, dos representantes propuestos por la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León. En el artículo 3.4 del citado Decreto, se indica que el mandato de los Consejeros asesores será de cuatro años, siendo renovados o ratificados por mitades cada dos años. No obstante, las organizaciones e instituciones representadas en el Consejo podrán proponer en cualquier momento la sustitución de cualquiera de sus representantes, en cuyo caso el sustituto permanecerá como miembro del Consejo por el tiempo que restare al sustituido.

Por Orden HAC/983/2012, de 7 de noviembre, se procedió, según lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 27/2001, al nombramiento, renovación o ratificación de vocales miembros del Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León.

Habiéndose recibido propuesta de sustitución de dos representantes de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León en dicho consejo y de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 27/2001,...

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