ORDEN EDU/1042/2009, de 11 de mayo, por la que se convoca la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2009/2010

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/1042/2009, de 11 de mayo, por la que se convoca la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2009/2010.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el Capítulo VI del Título I a las enseñanzas artísticas, entre las que se encuentran las enseñanzas profesionales de danza. El artículo 49 de la citada norma establece que para acceder a las mismas será preciso superar una prueba específica de acceso regulada y organizada por las Administraciones Educativas. Podrá accederse igualmente a cada curso sin haber superado los anteriores siempre que, a través de una prueba, el aspirante demuestre tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

Asimismo el Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos de las enseñanzas profesionales de danza reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, alude en su artículo 7 a las pruebas aquí convocadas, señalando que a través de las mismas se valorará la madurez, aptitudes y conocimientos para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

De acuerdo con el artículo 18 de la Orden EDU/1496/2005, de 7 de noviembre, por la que se establece el proceso de admisión del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas artísticas y de idiomas sostenidas con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Educación convocará anualmente las pruebas de acceso a las enseñanzas de danza.

Implantados en el año académico 2007-2008 los cuatro primeros cursos de las enseñanzas profesionales de danza, de conformidad con el artículo 21 del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha correspondido en el curso 2008-2009 la implantación de los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de danza, quedando extinguido el tercer ciclo de las enseñanzas de grado medio vigentes hasta ese momento, en atención al artículo 22 del citado Real Decreto.

En su virtud, y en atención a las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Consejería acuerda convocar la celebración de las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León, con arreglo a las siguientes BASES Primera. Objeto.

1.1. El objeto de la presente Orden es convocar la celebración de las pruebas específicas de acceso al primer, segundo y tercer curso de las enseñanzas profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León para el curso 2009/2010.

1.2. A estas pruebas podrá accederse independientemente de haber cursado o no enseñanzas elementales de danza.

Segunda. Solicitud.

2.1. Los interesados en participar en las pruebas de acceso convocadas por la presente Orden, deberán presentar su solicitud de inscripción dirigida al Consejero de Educación, conforme al modelo establecido en el Anexo I, en el registro general de la Consejería de Educación, sita en Avda. Monasterio Ntra. Sra. de Prado, (Monasterio Ntra. Sra. de Prado) 47014 Valladolid, o por cualquiera de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, en uso de este derecho, la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que éste proceda a su certificación.

2.2. Junto al impreso de solicitud, los aspirantes deberán presentar dos fotografías tamaño carnet con nombre y apellidos al dorso.

2.3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el 'B.O.C. y L.' hasta el 29 de mayo (ambos inclusive).

2.4. Los aspirantes que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba deberán justificarlo, mediante certificación oficial, en el momento de la presentación de la solicitud.

2.5. El 3 de junio, miércoles, se publicará la relación provisional de los solicitantes admitidos a las pruebas y, en su caso, los excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en los tablones de anuncios de las sedes en las cuales se desarrollen las pruebas, de las Direcciones Provinciales de Educación, de la Consejería de Educación, así como en la páginas web www.educa.jcyl.es y www.arcyl.es.

Los aspirantes o sus representantes legales podrán formular contra la misma, en el plazo de dos días hábiles, la oportuna reclamación en la Consejería de Educación. La relación definitiva será publicada el día 10 de junio.

Tercera. Lugares y fecha de celebración de las pruebas.

3.1. Las pruebas de acceso, que serán públicas, se celebrarán en las sedes de la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León (Burgos y Valladolid) del 15 al 19 de junio de 2009.

En el supuesto de que después de realizadas estas pruebas quedaran aún plazas vacantes en una o en ambas sedes, en el mes de septiembre se realizará una nueva convocatoria.

3.2. El lugar exacto y el horario de celebración de las pruebas de acceso así como los requisitos de vestuario se publicarán el día 10 de junio, junto con la relación definitiva de los solicitantes admitidos, en los tablones de anuncios de las sedes donde se desarrollen las pruebas, en las Direcciones Provinciales de Educación, en de la Consejería de Educación, así como en la páginas web www.educa.jcyl.es y www.arcyl.es.

3.3. Los aspirantes deberán ir a la celebración de la prueba provistos del documento acreditativo de su identidad (documento nacional de identidad, número de identificación de extranjeros, pasaporte o libro de familia).

Cuarta. Estructura de las pruebas de acceso a danza clásica.

4.1. La prueba específica de acceso a primer curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de danza clásica, se desarrollará y evaluará conforme a la siguiente estructura:

  1. La prueba constará de cuatro partes:

    1) Ejercicios en la barra dirigidos y acompañados por profesores de la Escuela, con una duración no superior a 45 minutos de acuerdo con los siguientes contenidos:

    Pliés y grand pliés en todas las posiciones.

    Souplés y cambrés.

    Tendus.

    Degagés.

    Rond de jambe à terre.

    Fondu.

    Développés.

    Frappés.

    Petit battement.

    Grand battement.

    Ejercicios de estiramiento.

    2) Realización de variaciones en el centro, con una duración no superior a 30 minutos, dirigidos y acompañados por profesores de la Escuela, de acuerdo con los siguientes contenidos:

    Port de bras en todas las posiciones.

    Tendus.

    Degagés.

    Pas de vals.

    Pirueta en-dehors por 1/4, 1/2 y giro completo.

    Preparación de piqué soutenu.

    Déboulés.

    Pasos intermedios de enlace y sus correspondientes brazos y cabezas.

    Saltos:

    · Temps-levés en 1.', 2.' y 5.'.

    · Changement de pied.

    · Echappé.

    · Glisade.

    · Pas chassé en diagonal.

    3) Improvisación sobre un fragmento musical que será dado a conocer previamente por el pianista acompañante y cuya duración no será superior a 2 minutos.

    4) Realización de una serie de ejercicios de imitación e improvisación rítmica dirigidos por un profesor de música de la Escuela cuya duración no superará los 3 minutos.

  2. Los criterios de evaluación irán dirigidos a comprobar:

    La colocación y coordinación.

    El sentido del equilibrio.

    El sentido del movimiento en sus desplazamientos.

    El trabajo del salto con la utilización del plié y la potencia.

    La musicalidad y la armonía.

    La sensibilidad.

    La expresividad.

    4.2. La prueba de acceso a segundo curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de danza clásica, se desarrollara y evaluará conforme a la siguiente estructura:

    La prueba consistirá en la realización de las cuatro partes correspondientes al primer curso, añadiendo a petición del órgano de selección, los siguientes ejercicios:

    1) Barra:

    Los ejercicios realizados en la barra en el primer curso serán acompañados por relevés, port de bras y una mayor diversidad rítmica.

    Grand rond de jambe en l'air a 45º.

    Battement cloche.

    2) Centro:

    Temps lié.

    Tombé pas de bourré.

    Pirueta en dehors desde 4.' posición.

    Preparación de pirueta en dedans.

    Piqué soutenu.

    Saltos:

    · Assemblé.

    · Jeté.

    La duración de la prueba no será superior a 30 minutos, añadidos a los anteriormente ejecutados.

    Los criterios de evaluación serán los establecidos en la base 4 apartado 4.1 B).

    4.3. La prueba específica de acceso al tercer curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de danza clásica, se desarrollará y evaluará conforme a la siguiente estructura:

  3. La prueba consistirá en la realización de las cuatro partes correspondientes a los cursos anteriores, añadiendo a petición del órgano de selección, los siguientes ejercicios:

    1) Barra:

    Los ejercicios realizados en la barra de segundo curso pero con una mayor diversidad rítmica, port de bras y mayor utilización del relevé y de las direcciones.

    Tour fouetté en dehors (un giro).

    Doble rond de jambe en l'air desde relevé.

    2) Centro:

    Adagio con diferentes combinaciones de developpés, equilibrios, direcciones, port de bras, ...

    Vals.

    Pirueta doble en dehors y en dedans desde cuarta, segunda y quinta posición.

    1/4 y 1/2 giros en dehors y en dedans en attitude detrás.

    Pequeños saltos.

    Medianos saltos: jetés, assemblés, ballonnés, ballotés, sissonne, temp de cuisse, emboités.

    ...

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