ORDEN FYM/347/2012, de 4 de mayo, por la que se autoriza al Director General del Medio Natural la delegación de competencias en los Jefes de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, en materia de flora catalogada, especímenes vegetales de singular relevancia, informes de repercusión sobre la Red Natura 2000 y Declaraciones de Autoridad Responsable.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Por Decreto 34/2011, de 7 de julio, de la Junta de Castilla y León, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, determinándose en su artículo 10 que corresponde a la Dirección General de Medio Natural, entre otras competencias, la conservación de especies protegidas y la evaluación de las repercusiones de planes y proyectos en las zonas incluidas en la Red Natura 2000.

En materia de conservación de especies protegidas la Junta de Castilla y León ha desarrollado diversa normativa aplicable a determinados aspectos de dicha conservación, en particular podemos citar el Decreto 63/2003, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de Especímenes Vegetales de singular relevancia de Castilla y León y se establece su régimen de protección y el Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora. En ambas disposiciones se prevé la necesidad de emisión, en determinadas circunstancias, de diversos informes y/o autorizaciones.

Respecto a la evaluación de afecciones a la Red Natura 2000, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, exige en el apartado 4 de su artículo 45 la evaluación de cualquier plan, programa o proyecto que, sin tener relación directa con la gestión del lugar Red Natura 2000 o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares Red Natura 2000. En relación con ello, se aprobó el Decreto 6/2011, de 10 de febrero, por el que se establece el procedimiento de evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 de aquellos planes, programas o proyectos desarrollados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. Este Decreto, en su artículo 5, establece que la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 de cualquier plan, programa o proyecto [...] que pretenda desarrollarse o ejecutarse en la Comunidad se sustanciará mediante la emisión de un informe de Evaluación de las Repercusiones sobre la Red Natura 2000 (en adelante IRNA). Así mismo, el artículo 24 del citado decreto prevé que, en el caso de que la tramitación administrativa o financiera de determinados planes, programas o proyectos requiera de la emisión de un documento que certifique la ausencia de afección de los mismos a la Red Natura 2000, será necesaria la emisión de una declaración de la autoridad responsable (DAR)...

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