ORDEN FYM/1008/2013, de 14 de noviembre, relativa a la Declaración de Utilidad Pública e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Salamanca, del monte público «Propios de Miranda del Castañar», propiedad del Ayuntamiento de Miranda del Castañar, sito en dicho término municipal, provincia de Salamanca.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SA-I.U.P-50/13, incoado mediante solicitud del Ayuntamiento de Miranda del Castañar, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 23 de octubre de 1964 se formalizó consorcio entre el Patrimonio Forestal del Estado y el Ayuntamiento de Miranda del Castañar para la repoblación forestal de 42,1755 ha de terrenos propiedad del citado Ayuntamiento.

  2. Con fecha 5 de octubre de 2011, se recibe en el Servicio Territorial de Medio Ambiente escrito de Miranda del Castañar donde se adjunta certificado de la Secretaria comunicando la decisión acordada en sesión plenaria extraordinaria de 29 de julio de 2011 de iniciar trámites para la declaración de Monte de Utilidad Pública de las parcelas que forman parte del consorcio. Adjunta transcripción de certificado de 1960 del Inventario de Bienes del Ayuntamiento de Miranda del Castañar con finalidad fiscal donde aparecen entre otras las fincas afectadas por el consorcio.

  3. Con fecha 26 de marzo la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca elabora un Informe en el que tras indicar los antecedentes del proceso y describir las características que definirán el futuro monte, se detallan las causas que justifican la inclusión del Monte en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Salamanca según lo establecido en la legislación vigente. En concreto todas las parcelas se encuentran incluidas en su totalidad en el «Parque Natural de las Batuecas-Sierra de Francia» y parte de ellas, en las áreas críticas para la cigüeña negra del río Francia (Sa-19) y Río Alagón III (Sa-12). Las parcelas catastrales concretas incluidas son las siguientes:

    Polígono

    Parcela

    Paraje

    Sup (ha)

    8

    226

    Monte los Gallegos

    7,1024

    6

    400

    La Florida (río Alagón)

    1,3029

    6

    391

    Río Alagón (La Florida)

    0,1260

    6

    304

    La Florida

    10,6775

    Polígono

    Parcela

    Paraje

    Sup (ha)

    6

    303

    La Florida

    9,4519

    8

    306

    La Florida

    5,1035

    1

    20

    Monte del Obispo

    2,3106

    1

    21

    Monte del Obispo

    3,1305

    1

    1

    El Raso

    5,8977

    TOTAL

    45,1030

    En el informe se describe el estado natural de los terrenos a incluir cubiertos en su mayor parte por vegetación arbórea instalada tras la repoblación Pinus pinaster, Cupressus arizonica y Eucalyptus viminalis así como vegetación natural de Quercus pyrenaica, Quercus suber y Quercus ilex . Se informa favorablemente la catalogación en base a que cumplen con los apartados a) y g) del artículo 24 y apartados a) y b) del artículo 24 bis de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, de Montes, y visto el artículo 13 de la citada Ley, así como los artículos 9 al 12 del vigente Reglamento de Montes publicado en el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y el artículo 13 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.

  4. Con fecha 2 de abril de 2013 se concede trámite de audiencia del expediente al Ayuntamiento de Miranda del Castañar, para su análisis y exposición en el tablón de anuncios durante 15 días. Con fecha 22 de abril el Secretario del Ayuntamiento certifica que el expediente ha estado en exposición pública durante 15 días.

  5. Con fecha 27 de mayo de 2013 se somete el expediente a información pública durante el plazo de un mes en el «Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca» en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León.

  6. Con fecha 19 de julio de 2013, el Jefe de Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca certifica que no se han presentado alegaciones en el plazo establecido al efecto.

  7. Con fecha 22 de julio de 2013, la Jefa de Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca emite un Informe-propuesta, donde propone la aprobación del expediente en los mismos términos que el Informe de la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II.

  8. Con fecha 6 de noviembre de 2013 el expediente se eleva a la Dirección General del Medio Natural.

  9. Con fecha 14 de noviembre de 2013, la Dirección General del Medio Natural formula la correspondiente Propuesta de Orden.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  10. La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante

    el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, de acuerdo con lo previsto en los Decretos...

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