ORDEN FYM/750/2012, de 24 de agosto, por la que se aprueba la segregación de terrenos del Monte «Los Carriles, Las Cabezas, La Mata y Rioseco» número 364, del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Soria perteneciente al Ayuntamiento de Espeja de San Marcelino.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-E-159/12, instruido con motivo de la propuesta de la Sección Territorial I del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria de segregación de terrenos del monte de utilidad pública «Los Carriles, Las Cabezas, La Mata y Rioseco» número 364 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, sito en el término municipal de Espeja de San Marcelino, del cual son los siguientes sus:

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. El monte n.º 364 se declaró de Utilidad Pública y se incluyó en el Catálogo de Montes de la provincia por Orden de 7 de enero de 1991. Este monte se encuentra actualmente deslindado y amojonado respectivamente por Orden de 2 de marzo de 1995 y por Orden de 13 de abril de 1998 y su superficie total según deslinde alcanza las 535,6257 ha.

  2. Por Orden MAM/965/2009 se aprueba la prevalencia de la utilidad pública de la obra «Acondicionamiento de plataforma. SO-934, de San Leonardo de Yagüe (N-234) a L.P. de Burgos. Tramo: Espeja de San Marcelino-L.P. de Burgos P.K. 9+840 al 31+195. Provincia de Soria» sobre la utilidad pública de terrenos del monte «Los Carriles, Las Cabezas, La Mata y Rioseco», número 364 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública que afecta fundamentalmente a la parcela denominada «Rioseco» cuya superficie según el Catálogo y tras la prevalencia queda reducida a 4,55 ha.

  3. Con fecha de 15 de abril de 2011 la Sección Territorial I del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite informe en el que indica que la parcela afectada por la prevalencia además de quedar reducida en superficie, ha quedado dividida en tres subparcelas. La fragmentación y las servidumbres del río y de la carretera impiden o condicionan las posibles actuaciones a llevar a cabo en dichas superficies por lo que consideran que ésta ha perdido las condiciones que motivaron su inclusión en el Catálogo (puntos e y f del artículo 25 del reglamento de montes). Se propone por lo tanto la exclusión de una superficie de 4,55 ha, correspondientes a la parcela «Rioseco».

  4. Con fecha 25 de abril de 2011 se remite la propuesta de exclusión parcial de la parcela denominada «Rioseco» del MUP 364 a la Entidad Propietaria, el Ayuntamiento de Espeja de San Marcelino.

  5. Con fecha 3 de mayo de 2011 se recibe en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, certificado de conformidad con la propuesta.

  6. Con fecha 26 de mayo de 2011 se recibe en la Dirección General del Medio Natural, expediente completo con informe del...

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