ORDEN de 20 de mayo de 1999, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las características de la emisión de Deuda Pública segregable.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN de 20 de mayo de 1999, de la Consejería de Economía y Hacien da, por la que se establecen las características de la emisión de Deuda Pública segregable.

En uso de la autorización concedida a la Junta de Castilla y León en el artículo 40 de la Ley 14/1998 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 1999, en la sesión del 22 de abril de 1999 la Junta aprobó el acuerdo para que la Comunidad de Castilla y León emita Deuda Pública o concierte otras operaciones de endeudamiento a largo plazo hasta un importe de 9.129 millones de pesetas, destinados a financiar gastos de inversión. Asimismo, en el punto 2, autorizaba a la Consejera de Economía y Hacienda a adoptar los acuerdos necesarios para el desarrollo, eficacia y ejecución del citado acuerdo.

Por otra parte, la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de medidas económicas, fiscales y administrativas, dispone en el artículo 25 que todas las emisiones de Deuda que realice la Comunidad de Castilla y León a partir del 1 de enero de 1999 en la unidad de cuenta del sistema monetario nacional se realizarán en euros.

Asimismo, mediante el Decreto 281/1998, de 23 de diciembre, se eliminan los valores nominales unitarios de la Deuda Pública Anotada y las tenencias individuales de dicha Deuda constituidas por valores del mismo código se convierten en tenencias de saldos nominales.

En virtud de todo ello, esta Consejería,

ACUERDA:

  1. Emisión de Deuda Pública.

    Se dispone la emisión y puesta en circulación de Deuda Pública por el importe nominal que resulte aconsejable en función de la situación de financiación de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados y que en ningún caso podrá superar la cifra de 54.866.395 euros, equivalente a 9.129 millones de pesetas mediante la emisión de obligaciones.

  2. Representación.

    Las obligaciones estarán representadas mediante anotaciones en cuenta.

  3. Importe mínimo.

    El importe mínimo de las suscripciones de las Obligaciones será de 1.000 euros.

  4. Liquidación y Compensación.

    En la Central de Anotaciones en Cuenta del Banco de España.

  5. Fecha de emisión.

    El 31 de mayo de 1999.

  6. Precio y fecha de amortización.

    A la par, el 31 de mayo de 2009.

  7. Tipo de interés y pago de cupones.

    Las obligaciones devengarán un interés fijo del 4, 50% anual. Los cupones se abonarán los días 31 de mayo de cada año, siendo el primer cupón a pagar por su importe completo el 31 de mayo de 2000.

  8. Procedimiento de emisión.

    La emisión se efectuará mediante una o varias subastas competitivas, que se...

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