ORDEN HAC/41/2014, de 29 de enero, por la que se establecen las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León que se lleven a cabo en el ejercicio 2014.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Junta de Castilla y León, en la sesión del 16 de enero de 2014, estableció el importe máximo de las operaciones de endeudamiento a largo plazo que la Comunidad de Castilla y León puede formalizar durante el año 2014 en mil seiscientos noventa y un millones novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos veinticinco euros (1.691.998.425 euros).

En el artículo 195 de la Ley 2/2006, de 3 mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, se dispone que corresponde a la Consejería de Hacienda la determinación de las operaciones en que se formalizará el endeudamiento y sus características, así como la realización de cuantas operaciones sean necesarias para la adecuada formalización y gestión de las operaciones en las que este se materialice.

En este sentido, en cuanto a la autorización del Estado perceptiva a que hace referencia el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas para la emisión de deuda, el Consejo de Ministros con fecha 24 de enero de 2014 ha autorizado a la Comunidad de Castilla y León a realizar una o más emisiones de Deuda Pública por un importe máximo de 682.100.000 euros.

Asimismo, se ha solicitado una nueva autorización del Estado, por importe de 961.137.450 euros, equivalente a las amortizaciones correspondiente a la Administración General, que se prevé esté disponible en las próximas semanas.

En virtud de todo ello, esta Consejería

ACUERDA

Artículo 1 Importe de la Emisión de Deuda Pública.

Se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la posición financiera de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados, por un importe máximo equivalente a mil seiscientos noventa y un millones novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos veinticinco euros (1.691.998.425 euros), subordinadas a la preceptiva autorización del Estado.

Artículo 2 Características de las emisiones.

Las emisiones de Deuda Pública en euros tendrán las siguientes características:

2.1. Modalidad: Bonos u obligaciones.

2.2. Moneda: Euro, franco suizo, dólar, libra esterlina o yen.

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