ORDEN FYM/1074/2011, de 10 de agosto, relativa a la aprobación del deslinde del Monte «Cantoblanco y La Reyerta», n.º 367 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda y situado en el término municipal de Alcubilla de Avellaneda en la provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-60/11, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «Cantoblanco y La Reyerta», n.º 367 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda, y situado en el término municipal de Alcubilla de Avellaneda, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 15 de septiembre de 2009, el Director General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del deslinde del monte «Cantoblanco y La Reyerta», n.º 367 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda, y situado en el término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

  2. Con fecha 26 de julio de 2010 se remite el texto del anuncio del deslinde a la Secretaría General de la Junta y Relaciones Institucionales para su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  3. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 148, de 3 de agosto de 2010, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. El anuncio fue remitido a los Ayuntamientos de Alcubilla de Avellaneda y Fuentearmegil, y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  4. Con fecha 3 de agosto de 2010 se notifica al Registro de la Propiedad de El Burgo de Osma el comienzo de las operaciones de apeo, para que se practique la nota marginal del acuerdo al margen de la inscripción de dominio de la finca afectada, no habiendo obtenido contestación por parte de este Registro.

  5. Con fecha 13 de agosto de 2010 se recibe certificado de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León en el que se indica que las tres parcelas por las que se les ha notificado por posible afectación como colindantes con el monte público, no se encuentran incorporadas al Inventario General de Bienes y Derechos.

  6. Con fecha 15 de octubre de 2010, se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica

    de la documentación presentada en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  7. Con fecha 11 de noviembre de 2010 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada, en el que se certifica que según la información presentada no existe ninguna finca, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los grupos C y D del referente artículo, estimando así que no existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  8. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar los días 16 de noviembre de 2010 y 15 de diciembre de 2010, levantándose actas de las operaciones que firmaron todos los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado.

  9. Una vez finalizada la operación de deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 14 de febrero de 2011, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, y las cuestiones sobre la necesidad de proceder a inscribir el monte en el Registro de la propiedad.

  10. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 41, de 1 de marzo de 2011, se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. El anuncio fue remitido a los Ayuntamientos de Alcubilla de Avellaneda y Fuentearmegil, para su publicación en los tablones de anuncios correspondientes, y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento.

  11. Con fecha 12 de abril de 2011, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria certifica que durante el plazo conferido no se ha recibido alegación alguna a dicho expediente.

  12. Con fecha 26 de abril de 2011, se remite copia completa del expediente de deslinde del monte al Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda, como Entidad Propietaria del monte, para que en el plazo de quince días muestre su conformidad o reparos.

  13. Con fecha 5 de mayo de 2011, se recibe certificado del Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda en el que se informa que muestra su conformidad al Deslinde realizado. Asimismo, el Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda hace constar que « los titulares de las fincas 545 y 546 consintieron en que se incluyeran dentro del perímetro total del monte agrupándose al mismo, y se le entregaran a los titulares las superficies que correspondan en la zona externa lindante con el perímetro representado en el plano ».

  14. Con fecha 16 de mayo de 2011, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite un Informe-Propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    - NÚMERO: 367.

    - NOMBRE: Cantoblanco y La Reyerta.

    - PERTENENCIA: Ayuntamiento de Alcubilla de Avellaneda.

    - TÉRMINO MUNICIPAL: Alcubilla de Avellaneda.

    - PARTIDO JUDICIAL: El Burgo de Osma.

    - LÍMITES:

    PARCELA «A».

    * Norte: Parcelas de labor del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Este: Término municipal de Fuentearmegil en su barrio Zayuelas y la vía pecuaria denominada « Cañada Real de Merinas ».

    * Sur: La vía pecuaria denominada « Cañada Real de Merinas » y término municipal de Alcubilla de Avellaneda en su barrio Zayas de Báscones.

    * Oeste: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    PARCELA «B».

    * Norte: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Este: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Sur: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Oeste: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    PARCELA «C».

    * Norte: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Este: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Sur: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    * Oeste: Fincas particulares del término municipal de Alcubilla de Avellaneda.

    Existen 3 enclavados de propiedad particular dentro del M.U.P. n.º 367, encontrándose el Enclavado A en la Parcela «A» y los Enclavados B y C en la Parcela «C».

    - ESPECIES: Quercus ilex, Juniperus thurifera y Pinus nigra.

    - SUPERFICIE TOTAL: 135,811 Ha.

    - ENCLAVADOS: Tres. El enclavado A (situado en la parcela A) de 0,588 Ha., el enclavado B (situado en la parcela C) de 0,757 Ha., y el enclavado C (situado en la parcela C) de 0,190 Ha.

    - SUPERFICIE VÍAS PECUARIAS: 5,900 Ha.

    - SUPERFICIE PÚBLICA: 128,376 Ha.

    * SUPERFICIE PARCELA A: 116,060 Ha.

    * SUPERFICIE PARCELA B: 2,774 Ha.

    * SUPERFICIE PARCELA C: 9,542 Ha.

    - DESCRIPCIÓN DE LINDEROS:

    Los linderos de la Parcela «A» son los siguientes:

    El lindero Este empieza en el piquete n.º 1, punto localizado más al noreste del monte, junto a una parcela concentrada con Referencia catastral Polígono 3/ Parcela 544 de propiedad particular en el paraje « Valdecarrillo ». Desde el piquete n.º 1 hasta el piquete n.º 8, el Monte lleva por límite la divisoria de términos entre Alcubilla de Avellaneda y el término municipal de Fuentearmegil en su barrio Zayuelas. A partir de este piquete y hasta el piquete n.º 20 el monte lleva por límite la vía pecuaria denominada « Cañada Real de Merinas ». Entre los piquetes n.º 20 y n.º 21 entra esta vía pecuaria con una anchura de 75,22 m. dentro del monte público. El lindero Este continúa por la línea divisoria de términos entre Alcubilla de Avellaneda y el término municipal de Fuentearmegil en su barrio Zayuelas, siguiendo varios mojones antiguos de tierra, dejando a la izquierda el paraje «El Lomillo», hasta el piquete n.º 29 situado junto a un mojón divisorio de términos, donde el límite del monte público gira en dirección Oeste.

    El lindero Sur comienza a la altura del piquete n.º 29. A partir de este piquete, el Monte lleva por límite la divisoria de término entre Alcubilla de Avellaneda y su barrio Zayas de Báscones hasta el piquete n.º 41. Entre los piquetes n.º 41 y n.º 42 sale la vía pecuaria denominada « Cañada Real de Merinas » con una anchura de 75,22 m. del monte público. A partir del piquete n.º 42 y hasta el piquete n.º 60, el monte público lleva por límite el margen derecho de la vía pecuaria. A la altura del piquete n.º 60, situado a 75,22 m. de un mojón divisorio de términos, el monte gira en dirección noreste en el paraje denominado « El Tumbadero ».

    El lindero Oeste comienza en el piquete n.º 60 situado a 75,22 m. de un mojón divisorio de términos entre Alcubilla de Avellaneda y su barrio Zayas de Báscones. El Monte lleva por límite varias fincas de monte de propiedad particular, que se encuentran delimitadas por antiguos mojones de tierra indicativos de suertes de leñas. Actualmente se encuentran incluidas en la Concentración parcelaria que se está llevando a cabo en esa zona. Este lindero finaliza a la altura del piquete n.º 73, situado al borde de la parcela concentrada con Referencia catastral Polígono 3/ Parcela 571, en el paraje denominado « Vallejo ».

    El lindero Norte comienza en el piquete n.º 73 situado al borde de una parcela concentrada de propiedad particular. A lo largo de todo este lindero el monte deja a la izquierda varias parcelas concentradas labradas y de monte del término municipal de Alcubilla de Avellaneda. Entre los piquetes n.º 114 y n.º 115 sale una servidumbre de paso de concentración con una anchura de 3 m. hacia la Parcela «B» de este monte, que comunica con la Parcela «A». Durante este recorrido la línea de deslinde discurre por los parajes de « La Reyerta », « Cantoblanco » y « Valdelacasa » hasta el piquete n.º 1.

    Los linderos de la Parcela «B» son los siguientes:

    El lindero Este empieza en el piquete n.º 163. Durante todo el recorrido el monte deja a la izquierda la parcela...

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