ORDEN FYM/1444/2011, de 4 de noviembre, relativa a la aprobación del deslinde del monte «Campanera», n.º 387 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Quintana Redonda y situado en el término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol, provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-67/11, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «Campanera», n.º 387 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintana Redonda, y situado en el término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol, en la provincia de Soria.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 20 de mayo de 2009, la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del deslinde del monte «Campanera», n.º 387 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintana Redonda, y situado en el término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol.

  2. Con fecha 9 de marzo de 2011 se remite el texto del anuncio del deslinde a la Secretaría General de la Junta y Relaciones Institucionales para su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  3. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 53, de 17 de marzo de 2011, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. El anuncio fue remitido al Ayuntamiento de Quintana Redonda, al Ayuntamiento de Golmayo (Barrio de La Muela), al Ayuntamiento de Rioseco de Soria (Barrio de Escobosa de Calatañazor) y al Ayuntamiento de Valderrodilla (Entidad Local Menor de Torreandaluz), para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes. Además fue remitido a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento.

  4. Con fecha 18 de marzo de 2011 se notifica al Registro de la Propiedad de Almazán el comienzo de las operaciones de apeo, para que se practique la nota marginal del acuerdo al margen de la inscripción de dominio de la finca afectada. El Monte figura en el registro en el Tomo 1563, libro 20, folio 213, alta 2 y finca 61/1125.

  5. Con fecha 1 de abril de 2011 se recibe un documento emitido por parte del Registro de la Propiedad de Almazán en el que se hace constar que se ha realizado la anotación del acuerdo de inicio de deslinde del monte.

  6. Con fecha 29 de abril de 2011 se recibe certificado del Ayuntamiento de Quintana Redonda en el que se indican las parcelas afectadas por el deslinde del M.U.P. n.º 387, que aparecen recogidas en el Inventario de Bienes Municipales.

  7. Con fecha 20 de mayo de 2011 se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica de la documentación presentada en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  8. Con fecha 13 de junio de 2011 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada, en el que se certifica que según la información presentada no existe ninguna finca, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los grupos C y D del artículo 102 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes, estimando así que no existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  9. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar el día 27 de junio de 2011, levantándose acta de las operaciones que firmaron todos los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado.

  10. Una vez finalizada la operación de deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 11 de julio de 2011, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, y las cuestiones sobre la necesidad de variar la inscripción registral de acuerdo con el deslinde.

  11. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 142, de 22 de julio de 2011, se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. El anuncio fue remitido al Ayuntamiento de Quintana Redonda, al Ayuntamiento de Golmayo (Barrio de La Muela), al Ayuntamiento de Rioseco de Soria (Barrio de Escobosa de Calatañazor) y al Ayuntamiento de Valderrodilla (Entidad Local Menor de Torreandaluz), para su publicación en los tablones de anuncios correspondientes, y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento.

  12. Con fecha 5 de septiembre de 2011, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria certifica que durante el plazo conferido no se ha recibido alegación alguna a dicho expediente.

  13. Con fecha 8 de septiembre de 2011 se remite copia completa del Expediente de deslinde del monte al Ayuntamiento de Quintana Redonda, como Entidad Propietaria del monte, para que en el plazo de quince días muestre su conformidad o reparos.

  14. Con fecha 20 de septiembre de 2011 se recibe en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria un certificado del Ayuntamiento de Quintana Redonda en el que se muestra la conformidad al deslinde del monte.

  15. Con fecha 4 de octubre de 2011, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite un Informe-Propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    - NÚMERO: 387.

    - NOMBRE: Campanera.

    - PERTENENCIA: Ayuntamiento de Quintana Redonda.

    - TÉRMINO MUNICIPAL: Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol.

    - PARTIDO JUDICIAL: Almazán.

    - LÍMITES:

    * Norte: Parcela concentrada agrícola y de erial del término municipal de Golmayo en su Barrio La Muela; parcela no concentrada agrícola y arbolada del término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol; arroyo de la Laguna.

    * Este: Parcelas concentradas y no concentradas agrícolas y de erial del término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol.

    * Sur: Parcelas no concentradas agrícolas del término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol.

    * Oeste: Parcelas concentradas agrícolas y de erial del término municipal de Valderrodilla en su anejo Torreandaluz; parcela arbolada del término municipal de Rioseco de Soria en su Barrio Escobosa de Calatañazor.

    - ESPECIES: Pinus nigra y Pinus sylvestris.

    - SUPERFICIE TOTAL: 149,318 Ha.

    - ENCLAVADOS: No existen.

    - SUPERFICIE DOMINIO PÚBLICO NO FORESTAL: 1,385 Ha.

    * SUPERFICIE VÍAS PECUARIAS: 1,385 Ha.

    - SUPERFICIE PÚBLICA: 147,933 Ha.

    - PERÍMETRO EXTERIOR: La descripción detallada de nombres, propietarios, tipos de vegetación y situación de los piquetes se describen en las actas y en el plano de deslinde. En el Anexo I se detallan las coordenadas UTM de los piquetes de deslinde.

    - DESCRIPCIÓN DE LINDEROS:

    El lindero norte comienza el piquete n.º 1, situado sobre el mojón de tierra divisorio de términos entre Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol, Golmayo en su Barrio La Muela y Rioseco de Soria en su Barrio Escobosa de Calatañazor, conocido como «Mojón de Almira», en el paraje denominado «Los Azadales». Durante este recorrido el monte público lleva como límite la línea divisoria de términos entre Fuentelárbol y La Muela, colindando con la parcela agrícola y de erial concentrada con referencia catastral 21/72. Entre los piquetes n.º 7 y n.º 12, el monte público limita con la parcela agrícola y arbolada con encinas no concentrada con referencia catastral 11/5002, de propiedad particular. A la altura del piquete n.º 22, situado en el margen norte del arroyo de la Laguna , en el paraje denominado «El

    Sequedal», el monte prosigue en dirección sureste hasta llegar al piquete n.º 24, donde abandona la línea divisoria de términos entre Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol y Golmayo en su Barrio La Muela, finalizando este lindero.

    El lindero este comienza en el piquete n.º 24, que se encuentra próximo al camino de Rioseco de Soria. Durante la mayor parte de este trayecto, la línea de deslinde limita con parcelas agrícolas y de erial concentradas del término municipal de Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol. Entre los piquetes n.º 31 y n.º 32, la línea de deslinde del monte atraviesa el camino de Escobosa de Calatañazor a La Muela, a la altura del paraje «El Santo», prosiguiendo en dirección sur hasta llegar al Barranco de El Santo . A la altura del piquete n.º 42, la línea de deslinde del monte gira 90º en dirección oeste, bordeando las parcelas agrícolas concentradas con referencias catastrales 11/20170 y 11/10170, hasta llegar al piquete n.º 62. Entre los piquetes n.º 62 y n.º 66, la línea de deslinde limita con dos parcelas agrícolas no concentradas, con referencias catastrales 11/5018 y 11/5019, de propiedad particular. Desde este punto y hasta el final del recorrido, la línea de deslinde colinda con parcelas de erial, propiedad del Ayuntamiento de Quintana Redonda, que en su mayor parte se encuentran concentradas. Entre los piquetes n.º 72 y n.º 73, y n.º 76 y n.º 77, se atraviesa el camino de El Burgo de Osma a Fuentelárbol, y el camino de Torreandaluz a La Muela, respectivamente. Continuando en dirección sur, y después de atravesar el camino de Rioseco de Soria a Fuentepinilla (entre los piquetes n.º 88 y n.º 89), que actualmente se encuentra abandonado, llegamos al piquete n.º 92, situado junto al camino de Valderrodilla a La Muela, en el borde de la parcela agrícola no concentrada con referencia catastral 11/5622, donde finaliza este lindero.

    El lindero sur comienza en el piquete n.º 92 y durante la mayor parte de su recorrido colinda con parcelas agrícolas no concentradas de propiedad particular, situadas en el paraje denominado «Valdemínguez». Este lindero finaliza a la altura del piquete n.º 132, que se encuentra situado sobre el mojón de tierra divisorio de términos entre Quintana Redonda en su Barrio Fuentelárbol, y Valderrodilla en su anejo Torreandaluz, en el paraje denominado «Barranco de Valdemínguez».

    El lindero oeste comienza en el piquete n.º 132, y lleva como límite varias parcelas agrícolas y de erial concentradas del término municipal de Valderrodilla en su anejo Torreandaluz, hasta llegar al piquete n.º 176. Durante este trayecto se atraviesan los parajes «Peña Pastor», «Fuente del Lobo» y «La Hoya Vieja»...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR