DECRETO 142/1989, de 13 de julio por el que se aprueba el cambio de capitalidad del Municipio de Pradales (Segovia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 19-07-1989 Nº Boletín: 138 / 1989

DECRETO 142/1989, de 13 de julio por el que se aprueba el cambio de capitalidad del Municipio de Pradales (Segovia).

El Pleno del Ayuntamiento de Pradales, acordó, con las mayorías legales., el cambio de capitalidad de la localidad de Pradales a la localidad de Carabias.

Substanciado el expediente de conformidad con las normas establecidas en los artículos 11 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y 26, 27, 28 y 29 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, se demuestra la conveniencia del cambio de capitalidad, al concurrir las condiciones exigidas a tal efecto por el artículo 27.1.b) y d) del Reglamento de Población citado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 13 de julio de 1989

DISPONGO:

Art. 1 º- Se aprueba el cambio de capitalidad del Municipio de Pradales consistente en el traslado de aquella de la localidad de Pradales a la localidad de Carabias.
Art. 2 º- El cambio de denominación decretado deberá ser inscrito en el Registro de Entidades Locales de la Administración del Estado y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Art. 3 º- Queda facultado el Consejero de Presidencia y Administración Territorial para dictar cuantas disposiciones pudiera exigir el cumplimiento del presente Decreto.

Dado en...

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