ORDEN FYM/1118/2013, de 13 de diciembre, relativa a la aprobación del deslinde parcial de la «Cañada Real Burgalesa» a su paso por los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva, provincia de Valladolid.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente instruido con motivo del deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa», a su paso por los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva, todos de la provincia de Valladolid, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Por Orden de 20 de mayo de 2013, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente acordó autorizar el inicio del expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real Burgalesa», a su paso por los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva, pertenecientes a la provincia de Valladolid.

  2. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, consultó los antecedentes documentales de la «Cañada Real Burgalesa» para el tramo a deslindar en los siguientes organismos: Fondo Documental de Vías Pecuarias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Departamento de Documentación y Archivo del Instituto Geográfico Nacional, Archivo del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, Archivo del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid, Archivo Provincial y Archivos Municipales de la Diputación de Valladolid, Gerencia Territorial de Catastro de Valladolid, Sede Electrónica de la Dirección General de Catastro y Archivo Histórico Provincial de Valladolid.

  3. El inicio de las operaciones de apeo del deslinde de la «Cañada Real Burgalesa» en los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva, se anunció en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 116, de 19 de junio de 2013, señalando que dichas operaciones tendrían lugar el día 21 de agosto de 2013.

    Asimismo, se notifica el inicio de las labores de deslinde al Registro de la Propiedad de Valoria la Buena, Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid, propietarios colindantes y entidades interesadas; y se remite el texto sobre las operaciones de apeo para su exposición en el Tablón de Anuncios a los Ayuntamientos de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva.

  4. Según lo previsto, el día 21 de agosto de 2013, tuvieron lugar las operaciones de apeo, de las cuales se levanta Acta firmada por los asistentes que así lo desean.

    La documentación del apeo comprende además del acta, la relación de los asistentes, las fuentes de información y antecedentes documentales empleados para el deslinde, los planos de deslinde, la relación de colindancias e intrusiones, el listado de coordenadas UTM de las estaquillas y las manifestaciones y documentación aportada por los interesados.

  5. Con fecha 30 de septiembre de 2013, el Ingeniero Operador del Servicio Territorial de Medio Ambiente, redacta informe en el que analiza los trabajos de deslinde realizados y propone someter el expediente al trámite de audiencia.

  6. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 208, de 28 de octubre de 2013, se publica anuncio relativo al trámite de audiencia del expediente de deslinde de la «Cañada Real Burgalesa», a su paso por los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva.

    Asimismo, se realiza comunicación dando audiencia a los propietarios colindantes e instituciones interesadas y se envía texto con idéntico fin, para su exposición en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos donde se realiza el deslinde.

  7. Durante el trámite de audiencia no se han presentado alegaciones al deslinde tal y como consta en el informe emitido al efecto, con fecha 20 de noviembre de 2013, por el Ingeniero Operador.

  8. Con fecha 21 de noviembre de 2013, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid realiza propuesta de resolución para la aprobación del expediente.

  9. Con fecha 4 de diciembre de 2013, la Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, remite a la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, expediente completo de deslinde de la «Cañada Real Burgalesa», a su paso por los términos municipales de Cabezón de Pisuerga y Villarmentero de Esgueva, para su aprobación.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  10. La Resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante Real Decreto 1504/1984, 8 de febrero, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, y los Decretos 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León y 34/2011, de 7 de julio, de la Junta de Castilla y León, sobre Reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, respectivamente.

    Por otra parte, la Disposición adicional segunda de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León, señala que «La consejería competente en la administración y gestión de montes, terrenos forestales y vías pecuarias ejercerá las facultades atribuidas en esta ley a la consejería competente en materia de hacienda en relación con las vías pecuarias...». A mayor abundamiento, la Disposición final sexta de la Ley 11/2006, añade que las consejerías a las que corresponde la gestión y administración del dominio público de carreteras...

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