ORDEN FYM/201/2014, de 11 de marzo, por la que se actualiza la Autorización Ambiental otorgada a la planta de producción de bioetanol, titularidad de Biocarburantes de Castilla y León, S.A., en el término municipal de Babilafuente (Salamanca), mediante Orden de 6 de marzo de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
Vistas las actuaciones que constituyen el expediente relativo a la planta de producción de bioetanol, titularidad de BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A., del cual son los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero .- Mediante Orden de 6 de marzo de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a la planta de producción de bioetanol, titularidad de BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A., en el término municipal de Babilafuente (Salamanca).
Segundo .- De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, en la redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, mediante Orden de 11 de diciembre de 2013, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, se inicia el procedimiento de actualización de la autorización ambiental otorgada a la planta de producción de bioetanol, titularidad de BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A., en el término municipal de Babilafuente (Salamanca), mediante Orden de 6 de marzo de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente.
La necesidad de actualización se fundamenta en que la actividad implica el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes, teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas en el emplazamiento de la instalación.
Tercero .- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, El Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, realizó el trámite de audiencia a interesados, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.
Cuarto .-- Con fecha 10 de marzo de 2014, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, fórmula propuesta de orden por la que se actualiza la autorización ambiental otorgada a la planta de producción de bioetanol, titularidad de BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A., en el término municipal de Babilafuente (Salamanca), mediante Orden de 6 de marzo de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero .- De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, y en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, en la medida que la instalación está recogida en el apartado A/B.1 del Anexo I de esta ley, la competencia para resolver el presente procedimiento, le corresponde al titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.
Segundo .- La Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, ha sido modificada mediante la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, con la finalidad de incluir en el ordenamiento jurídico español las modificaciones que incluye la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 sobre las emisiones industriales.
Según se desprende de lo expresado en la exposición de motivos de la Ley 5/2013, de 11 de junio, a los efectos de garantizar la transposición adecuada de la citada Directiva...
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