ORDEN FYM/230/2013, de 21 de marzo, por la que se modifica la Orden de 6 de marzo de 2006, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a la empresa Biocarburantes de Castilla y León, S.A., para la planta de producción de bioetanol ubicada en el término municipal de Babilafuente (Salamanca), como consecuencia de las modificaciones no sustanciales 5 y 6 (MNS n.º 5 y n.º 6).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Vistos los escritos presentados por BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A. mediante los cuales comunica modificación de las instalaciones situadas en el término municipal de Babilafuente (Salamanca) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Mediante Orden 6 de marzo de 2006 de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a la empresa BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A., para la instalación de una planta de producción de bioetanol, ubicada en el término municipal de Babilafuente (Salamanca). La instalación cuenta con autorización de inicio de actividad.

Segundo .- Mediante Orden de 16 de marzo de 2010 de la Consejería de Medio Ambiente, se acuerda considerar como modificación no sustancial la instalación de una caldera a gas y la utilización de un organismo modificado genéticamente modificado (OGM), y se modifica la Orden de 6 de marzo de 2006 de Autorización Ambiental.

Mediante Orden de 12 de abril de 2011 de la Consejería de Medio Ambiente, se autoriza como modificación no sustancial la actualización de los focos y los valores límite de emisión a la atmósfera en la instalaciones y se modifica la Orden de 6 de marzo de 2006 de Autorización Ambiental por la que se concede autorización ambiental a esa empresa.

Mediante Orden de 5 de octubre de 2012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, se acuerda considerar como modificación no sustancial la instalación de una caldera en sustitución de otra.

Tercero .- Con fecha 13 de octubre de 2012, el representante de BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A. comunica, su intención de llevar a cabo un proyecto experimental «Waste to biofuel» de investigación para desarrollo de nuevos productos y procesos para lo cual deben proceder previamente a la modificación de las instalaciones de recepción y pretratamiento del material de entrada. Aporta documentación descriptiva de las actuaciones.

Cuarto .- Con fecha de 31 de octubre de 2012, BIOCARBURANTES DE CASTILLA Y LEÓN, S.A. comunica una segunda modificación de la instalación, consistente en la sustitución de las calderas A y B del módulo de cereal por dos calderas nuevas de gas natural, con potencia térmica 19,5 MW y potencia de producción de vapor de 30 t/h similar a las anteriores.

Quinto .- Con fecha 25 de febrero de 2013, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, a la vista de la documentación presentada, en atención a los criterios señalados en el apartado 2, del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y lo establecido en el artículo 4, apartado g) de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, emite informe considerando...

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