DECRETO 22/2000, de 3 de febrero, por el que se declara la Urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la ejecución de las obras: «Ensanche y mejora de trazado Ctra. n.º 46 de San Miguel de Bernuy a Sacramenia, Tramo: Fuentidueña Sacramenia P.K. 7,600 al P.K. 14,800», Segovia.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 22/2000, de 3 de febrero, por el que se declara la Urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la ejecución de las obras: 'Ensanche y mejora de trazado Ctra. n.º 46 de San Miguel de Bernuy a Sacramenia,

Tramo:Fuentidueña Sacramenia P.K. 7, 600 al P.K. 14, 800',Segovia.

La Excma. Diputación Provincial de Segovia ha iniciado expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de 'Ensanche y mejora de trazado Ctra. n.º 46 de San Miguel de Bernuy a Sacramenia, Tramo: Fuentidueña a Sacramenia P.K. 7, 600 al P.K.

14, 800', solicitando de la Junta de Castilla y León la declaración de urgencia de la ocupación.

El proyecto en cuestión, fue aprobado mediante Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 29 de julio de 1999. La relación de bienes y propietarios afectados ha sido sometida a información pública tras su publicación en el 'Boletín Oficial de la Provincia' n.º 128 de 25 de octubre de 1999, 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 212 de 3 de noviembre de 1999 y en un diario de la provincia. Las alegaciones presentadas fueron desestimadas por Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 21 de diciembre de 1999.

Se motiva la urgencia de la ocupación por cuestiones de seguridad vial dado que la carretera objeto del proyecto, que constituye un eje básico para las comunicaciones de la Comarca de Sacramenia con el sur de la provincia y para el desarrollo turístico de la zona, presenta un trazado sinuoso, con anchura de la calzada insuficiente para un tráfico con porcentaje elevado de vehículos pesados, lo que supone un evidente riesgo para los usuarios de la carretera.

El artículo 11.1 de la Ley 2/1990, de 16 de marzo, de carreteras de la Comunidad de Castilla y León, prevé la declaración de urgencia para las 'carreteras regionales'. No obstante, la previsión normativa debe extenderse también a las 'carreteras provinciales', ya que dichas vías de comunicación son poco diferentes de las anteriores respecto a características, trazado y volumen de tráfico, circunstancias que ha puesto de manifiesto la propia...

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