Orden EYC/352/2003, de 1 de abril, por la que se convoca proceso de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad pertenecientes al Cuerpo de Maestros.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN EYC/352/2003, de 1 de ab ri l , por la que se convoca proceso de b a remación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar pues tos docentes en régimen de interinidad pertenecientes al Cuerpo de M a e s t ro s .

El Acuerdo suscrito el 3 de abril de 2000 entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales más representativas en el sector educativo esta blece las bases para configurar un procedimiento ordenado para la elaboración de las listas de aspirantes a puestos docentes no universitarios en régimen de interinidad.

La convocatoria del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, ha sido realizada por la Orden PAT/322/2003, de 31 de marzo, estableciendo la base decimocuarta la remisión a una norma específica para regular el procedimiento de elaboración de las correspondientes listas de aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad.

En co n s e c u e n c i a , y a tenor de lo establecido en el re fe rido acuerdo y en el artículo 3.a) de la Orden de 4 de ab ril de 2000, de la Consejería de Educación y Cultura , las listas de aspirantes a interi n i d a d, de las especialidades que sean objeto de procedimiento selectivo convocado por esta A d m i n i s t ra c i ó n E d u c at iva , estarán fo rmadas por todos los participantes en dichos pro c e d imientos que, no habiendo resultado seleccionados, h ayan fo rmulado petición de interinidad de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ord e n .

Una vez baremadas las especialidades relativas al Cuerpo de Maestros anteriores al Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, mediante el proceso convocado por la Orden de 3 de abril de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Orden de 4 de abril de 2000, y teniendo en cuenta que actualmente no son objeto de procedimiento selectivo de ingre s o , d ebe mantenerse la vigencia de las listas de las especialidades señaladas resultantes del proceso de baremación indicado.

A tenor de lo dispuesto anteriormente y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 212/1999, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, se convoca el citado proceso de baremación en el Cuerpo de Maestros con arreglo a las siguientes bases:

Primera.­ Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la elaboración de listas de aspirantes a ocupar...

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