ORDEN MAM/1090/2009, de 7 de mayo, relativa a la aprobación del deslinde del monte «Baragona, Las Llanas y Vallejeras», n.º 636 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Burgos, propiedad de la Junta Administrativa de Para y situado en el término municipal de Espinosa de los Monteros

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. Rectificar la descripción que del citado monte figura en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, de conformidad con los siguientes datos:

    NÚMERO: 138.

    NOMBRE: 'Cuesta Lechal'.

    PARTIDO JUDICIAL: Burgos.

    PERTENENCIA: Junta Administrativa de Salgüero de Juarros.

    TÉRMINO MUNICIPAL: Ibeas de Juarros.

    CLASIFICACIÓN: Bienes de propios.

    SUPERFICIE TOTAL: 284,35 hectáreas.

    ENCLAVADOS: No existen.

    SUPERFICIE PÚBLICA: 284,35 hectáreas.

    LÍMITES:

    · NORTE: Con el monte de U.P. n.º 163 'El Hoyo' del Ayuntamiento de Arlanzón y la Junta Administrativa de Zalduendo por cortafuegos perimetral; con el monte de U.P. n.º 102 'Valdegados' del Ayuntamiento de Arlanzón y la Junta Administrativa de Zalduendo, ambos en el término municipal de Arlanzón.

    · ESTE: Con la parcela 'Valcabadillos' del monte de U.P. 141 'Valcabadillos', de la Junta Administrativa de Salgüero de Juarros, por el camino de San Adrián de Juarros a Arlanzón.

    · SUR: Con fincas particulares labrantías, del mismo término de Salgüero de Juarros, por pared de piedra y por camino rural de por medio, con terrenos de libre disposición de Salgüero de Juarros y de nuevo con fincas particulares labrantías en término de Salgüero de Juarros.

    · OESTE: Con finca particular labrantía de Salgüero de Juarros, con fincas particulares de Mozoncillo de Juarros, en parte por camino y con el monte de U.P. n.º 139 'Dehesa y Valdelobones' de la Junta Administrativa de Mozoncillo de Juarros, por cortafuegos.

    ESPECIES: Quercus pyrenaica y Pinus sylvestris de repoblación.

  2. Reflejar en el Registro de la Propiedad las modificaciones resultantes del presente deslinde, rectificando las inscripciones de dicho Registro e incluyendo, en su caso, las que sean procedentes, de acuerdo con los datos anteriormente señalados y cancelar las anotaciones preventivas practicadas con ocasión del deslinde según Art. 127 del Reglamento de Montes.

  3. Que se de traslado de la presente Orden a la administración Catastral, de acuerdo con lo establecido en el Art. 14.c del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

  4. Disponer que se proceda a la redacción del proyecto de amojonamiento, para su más pronta realización, debiendo adoptarse una numeración única y correlativa para todo el perímetro exterior del monte.

  5. De acuerdo con el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, deberá darse traslado de la presente Orden a la Dirección General del Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

    Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante esta Consejería de Medio Ambiente en el plazo de UN MES de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por otra parte, podrá ser impugnada directamente mediante la interposición del correspondiente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante la Sala de igual denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de DOS MESES de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    El cómputo del plazo para la interposición de ambos recursos se iniciará a partir del día siguiente a la notificación personal a los interesados, y en relación con los demás que pudieran tener tal condición, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

    Se hace constar, asimismo, que, ante la mencionada Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrán plantearse cuestiones de trámite o de carácter administrativo, pero nunca cuestiones relativas al dominio o posesión del monte, o cualquier otra de naturaleza civil.

    Transcurrido dicho plazo, sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

    Valladolid, 7 de mayo de 2009.

    La Consejera de Medio Ambiente,

    Fdo.: MARÍA JESÚS RUIZ RUIZ ORDEN MAM/1090/2009, de 7 de mayo, relativa a la aprobación del deslinde del monte 'Baragona, Las Llanas y Vallejeras', n.º 636 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Burgos, propiedad de la Junta Administrativa de Para y situado en el término municipal de Espinosa de los Monteros.

    Examinado el expediente BU-D-15/04, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte 'Baragona, Las Llanas y Vallejeras', número 636 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Burgos, propiedad de la Junta Administrativa de Para y situado en el término municipal de Espinosa de los Monteros, del cual son los siguientes sus ANTECEDENTES DE HECHO I. Por Resolución de 26 de febrero de 1996, del Director General del Medio Natural, se acordó la aprobación del Proyecto de Deslinde total del monte 'Baragona, Las Llanas y Vallejeras', número 636 del Catálogo de Burgos, perteneciente a la Junta Vecinal de Para.

    II. Con fecha 25 de febrero de 1997, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, remitió oficio de citación para el deslinde de dicho monte, al Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros, a la Junta Administrativa de Para y a otras Entidades y particulares interesados.

    III. Con fecha 4 de abril de 1997 el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, remite al Registrador de la Propiedad de Villarcayo, mandamiento de anotación marginal de deslinde del monte. Asimismo, se comunica que el apeo comenzará el día 24 de abril de 1997, a las 10,30 horas, en los locales de la Junta Administrativa de Para. La anotación se realizó el día 18 de abril de 1997.

    IV. El comienzo de las operaciones de amojonamiento provisional fue anunciado mediante publicación en el 'Boletín Oficial de la Provincia' n.º 53 de 18 de marzo de 1997 y notificación personal a las Entidades y particulares interesados, especificándose la...

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