ACUERDO de 26 de abril de 2001, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila, relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de Arenas de San Pedro anejo Ramacastañas (Ávila). Expte.: PTO 37/00.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 26 de abril de 2001, de la Comisión Territorial de Urba nismo de Ávila, relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de Arenas de San Pedro anejo Ramacastañas (Ávila). Expte.: PTO 37/00

Visto el expediente PTO 37/00 Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de ARENAS DE SAN PEDRO anejo RAMACASTAÑAS (Ávila), tramitado y remitido por el Ayuntamiento, la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila en sesión celebrada el día 26 de abril de 2001, acordó por unanimidad DEJAR EN SUSPENSO la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de ARENAS DE SAN PEDRO anejo RAMACASTAÑAS (Ávila):1.º Hasta la aportación de los informes del Art. 52.4 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León, 2.º Hasta que se aporte la memoria de la Modificación Puntual que se adecúe a los planos presentados, ya que la memoria existente en el Expte. propugna la inclusión de la totalidad de la parcela dentro del suelo urbano (Art. 51 de la Ley 5/1999 de urbanismo de Castilla y León).

Con fecha 3 de septiembre el Secretario de la Comisión Territorial de Urbanismo certifica que una vez presentados los documentos pendientes, señalados en el Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de 26 de abril de 2001, procede la APROBACIÓN DEFINITIVA de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de ARENAS DE SAN PEDRO anejo RAMACASTAÑAS (Ávila).

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 138.4 de la Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en relación con el Art. 115.1

de la Ley 4/1999 de 13 de enero que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, contra este acuerdo que no agota la vía administrativa cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr.

Consejero de Fomento en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente en que tenga lugar la notificación en su caso, o a que se produzca la última publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' o en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Ávila' del presente acuerdo.

Ávila, 3 de septiembre de 2001.

El Delegado Territorial,

Fdo.: FÉLIX SAN SEGUNDO NIETO ACUERDO de 30 de julio de 2001, de la Comisión Territorial de Urba nismo de Soria, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias Municipales de San Esteban de Gormaz (Soria), promovidas por el Ayuntamiento. Expte. 80/01. U.

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