ORDEN HAC/1051/2010, de 14 de julio, por la que se modifican las Órdenes, HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de tributos gestionados por la Comunidad de Castillla y León y HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

La Comunidad de Castilla y León con el fin de favorecer la utilización de medios telemáticos en la gestión tributaria y en cumplimiento de la obligación de la Administración de promover la utilización de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos necesarios para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, contenida tanto en el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ha regulado la obligación de los Notarios de la Comunidad de remitir copia electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados en determinados supuestos y el procedimiento para la presentación y pago telemático de los tributos.

La normativa reguladora de esta materia está contenida en el actual artículo 47 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre que tiene idéntico contenido que el artículo 51 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2006, de 25 de mayo. Este precepto se completa con la disposición final tercera del texto refundido, en la que se habilita a la Consejería de Hacienda para determinar la forma en que debe llevarse a cabo la remisión telemática de las escrituras y demás documentos públicos y con los puntos 1.º, 2.º y 3.º de la disposición final primera en los que se habilita al titular de la Consejería de Hacienda para determinar aspectos concretos de la remisión de la copia electrónica de los documentos públicos, de la presentación y pago telemático de tributos y de las características y condiciones de los justificantes de presentación y de pago.

En desarrollo de estas previsiones legales la Consejería de Hacienda aprobó la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Castilla y León y la Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados.

escrituras y documentos públicos por ellos autorizados y, en su calidad de fedatarios públicos, pueden, en representación de terceras personas efectuar el pago y presentación de autoliquidaciones de impuestos gestionados por la Comunidad.

En la actualidad, dado el desarrollo en la utilización de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación operado tanto en la Administración...

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