DECRETO 223/1996, de 26 de septiembre, por el que se establece el régimen de autoliquidación en la exacción de las tasas por inspección de animales sacrificados en lugares distintos de mataderos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 223/1996, de 26 de septiembre, por el que se establece el régimen de autoliquidación en la exacción de las tasas por inspección de animales sacrificados en lugares distintos de mataderos.

La Ley 7/1989, de 9 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, dispone en su artículo 14.3 que reglamentariamente se establecerá la aplicación del régimen de autoliquidación en la exacción de las tasas.

La Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 28 de septiembre de 1990 implantó el empleo de efectos timbrados específicos en la recaudación de las tasas por inspección del ganado porcino sacrificado en domicilios particulares, atendiendo a las circunstancias concurrentes en la exacción de las mismas.

La dificultad de adaptación de los efectos timbrados específicos a las variaciones de las cuantías de las tasas, la disminución en el número de actuaciones desarrolladas tras la autorización de veterinarios colaboradores en la inspección del ganado porcino sacrificado en domicilios particulares, y la dispersión y demás circunstancias en que se presta este servicio, así como el de inspección de los restantes animales sacrificados en lugares distintos de mataderos, hacen aconsejable aplicar el régimen de autoliquidación por el sujeto pasivo a las tasas correspondientes a dichos servicios.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda y previa...

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