DECRETO 18/1993 de 4 de febrero de la Junta de Castilla y León, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento a favor de la Iglesia de la Asunción en Quintanatello de Ojeda, Ayuntamiento de Olmos de Ojeda (Palencia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 18/1993 de 4 de febrero de la Junta de Castilla y León, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento a favor de la Iglesia de la Asunción en Quintanatello de Ojeda, Ayuntamiento de Olmos de Ojeda (Palencia).

La Dirección General de Bellas Artes y Archivos por Resolución de 27 de enero de 1983, incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoria de Monumento a favor de la Iglesia de La Asunción en Quintanatello de Ojeda, Ayuntamiento de Olmos de Ojeda (Palencia).

De conformidad con lo establecido en el art. y del Decreto 87/1991, de 22 de abril de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el órgano competente para la Resolución de expedientes en materia de Bien de Interés Cultural dé competencia de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoria de Monumento y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, Real Decreto 111/1986, Decreto 87/1991, de 22 de abril de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto Informe de la Asesoria Juridica de esta Consejeria, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del dia 4 de febrero de 1993.

DISPONGO:

Articulo 1º

Se declara Bien de Interés Cultural con categoria de Monumento a favor de la Iglesia de La Asunción en Quintanatello de Ojeda, Ayuntamiento de Olmos de Ojeda (Palencia).

Art. 2º - La delimitación del entorno afectado por la presente declaración comprende:

- Linea de prolongación de la fachada Nor-Este de la parcela núm. 30 de la calle de Abajo, desde su intersección con una linea paralela al eje de la carretera a Olmos de Ojeda (separada 25 metros de su eje y al Oeste del mismo) hasta la esquina Norte de la citada parcela.

- Linea que engloba la totalidad de las parcelas números 20, 22, 24, 26, 28, 30, 19, 21, 23, 25, 27 y 29 de la calle de Abajo.

- Linea de prolongación de la fachada Sur-Este de la parcela 29 de la calle de Abajo, desde su intersección con una linea paralela al eje de la carretera a Olmos de...

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