ORDEN EDU/938/2009, de 28 de abril, por la que se regula la impartición, organización y autorización de las asignaturas optativas y perfiles educativos correspondientes a los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Mayo de 2009
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/938/2009, de 28 de abril, por la que se regula la impartición, organización y autorización de las asignaturas optativas y perfiles educativos correspondientes a los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León.

El Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 6.2 y 3 que las Administraciones educativas podrán añadir otras asignaturas dentro de las diferentes especialidades que integran las enseñanzas profesionales de música y podrán potenciar en sus currículos distintos perfiles dentro de cada especialidad en los dos últimos cursos de las citadas enseñanzas.

El Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 4.3 las asignaturas que integran el currículo de las enseñanzas profesionales de música, determinando que el alumnado además de las asignaturas comunes y propias de cada especialidad tendrá que cursar asignaturas optativas, y que la Consejería competente en materia de educación, podrá regular en el currículo de las enseñanzas profesionales de música distintos perfiles dentro de cada especialidad en los dos últimos cursos.

De conformidad con el artículo 21.2 del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corresponde la implantación en el año académico 2008-2009 de los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de música , quedando extinguido el tercer ciclo de las enseñanzas de grado medio vigentes hasta ese momento, en atención al artículo 22 del citado Real Decreto.

Con el objetivo de avanzar hacia una estructura más abierta y flexible del currículo de las enseñanzas profesionales de música que permita al alumnado optar por distintos trayectos curriculares, la participación activa en la configuración de su perfil profesional y la máxima adecuación de estos estudios a sus intereses y demandas dentro de un mismo centro, procede ahora, que se regule mediante esta Orden la impartición, organización, así como el procedimiento de autorización de las asignaturas optativas y perfiles educativos de los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de música en los centros de la Comunidad de Castilla y León que estén autorizados para impartir estas enseñanzas.

La finalidad de esta Orden es la de ampliar la orientación para la transición a la vida profesional del alumnado y contribuir al desarrollo de los conocimientos, las capacidades y actitudes que les permita alcanzar los objetivos generales y específicos de las enseñanzas profesionales de música y la preparación para el posible acceso a las diferentes especialidades de los estudios superiores de música.

Por todo ello, en uso de las facultades atribuidas en la disposición final primera del Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente Orden tiene por objeto regular la impartición, organización y autorización de las asignaturas optativas y perfiles educativos correspondientes a los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de música.

  2. Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación en los centros de la Comunidad de Castilla y León que estén autorizados para impartir las enseñanzas profesionales de música.

Artículo 2 Asignaturas optativas de libre elección.
  1. Son asignaturas optativas las que completan el perfil profesional del alumnado, y por lo tanto, inciden en los diferentes aspectos curriculares relacionados con su...

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