ORDEN HAC/812/2013, de 4 de octubre, que modifica el artículo 1 de la Orden HAC/1/2013, de 11 de enero, por la que se establecen las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León que se lleven a cabo en el ejercicio 2013.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Como consecuencia de la aprobación de la Ley 6/2013, de 27 de septiembre, de concesión de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito, y del ajuste asociado a las amortizaciones a refinanciar en el ejercicio, la Junta de Castilla y León, en la sesión del 3 de octubre de 2013, ha establecido un nuevo importe máximo de las operaciones de endeudamiento a largo plazo que la Comunidad de Castilla y León puede formalizar durante el año 2013 en mil noventa y cuatro millones trescientos doce mil quinientos veinticinco euros (1.094.312.525 euros), modificando el punto 2 del Acuerdo de la Junta de Castilla y León de 10 de enero de 2013.

Con el fin de adecuar la Orden HAC/1/2013, de 11 de enero, por la que se fijan las características de las emisiones de deuda pública para el ejercicio 2013, a este nuevo importe máximo, y en virtud del artículo 195 de la Ley 2/2006, de 3 mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León,

ACUERDO

Artículo 1 Importe de la Emisión de Deuda Pública.

Se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la posición financiera de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados...

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