DECRETO 116/1993, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Plan Sectorial de Vacunaciones.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 116/1993, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Plan Sectorial de Vacunaciones.

Las vacunaciones han resultado el avance más importante en la eliminación y control de las enfermedades infecciosas. Es, sin duda, el método más eficaz y rentable. La erradicación de la viruela a nivel mundial es una demostración palpable y evidente.

Como consecuencia de los primeros éxitos en el control de las enfermedades prevenibles por vacunación, la Organización Mundial de la Salud (OMS) desarrolló y puso en marcha en 1974 el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) proponiendo como objetivo el inmunizar a todos los niños del mundo frente a las enfermedades infecciosas infantiles para las que existe una vacuna eficaz.

En su programa para la región Europea «Salud para todos en el año 2.000», la Organización Mundial de la Salud indica, en el punto 5, que para ese año deberán estar eliminadas en Europa: la poliomielitis, sarampión, tétanos neonatal, rubeola congénita y difteria.

También se pretende una disminución significativa de otras enfermedades incluidas en el Plan Ampliado de Inmunizaciones: Tosferina, tétanos no neonatal, parotiditis y tuberculosis.

Reunidos los responsables de los programas de vacunación de los países europeos en la 2ª. conferencia sobre Política de Inmunización en Europa, celebrada en diciembre de 1984 en Karlovy Vary (Checoslovaquia), elaboraron una serie de objetivos específicos a conseguir para esta región a corto y medio plazo.

El Día Mundial de la Salud de 1987, celebrado el 7 de abril, tuvo como lema «Vacunación: un derecho de cada niño», lo que es otra demostración más de la importancia, por otra parte indiscutible, que la Organización Mundial de la Salud concede al programa de vacunaciones infantiles.

En nuestra Comunidad Autónoma, el «Plan Estratégico de Salud para Castilla y León», que fue aprobado por Decreto 68/1991, de 11 de abril, dedica su primer capitulo a «Vacunaciones», estableciendo sus objetivos generales y de proceso. Este Decreto determina que el desarrollo operativo del Plan Estratégico de Salud se llevará a cabo a través de planes sectoriales de acuerdo con las prioridades de Salud.

Las vacunaciones se encuentran claramente definidas como área prioritaria en el artículo 1º de la Orden de 28 de mayo de 1991, de la entonces Consejeria de Cultura y Bienestar Social, conforme a los criterios de selección expuestos en la misma Orden citada.

Por ello, era preciso desarrollar y poner en marcha un Plan Sectorial de Vacunaciones que abordara la consecución de los Objetivos indicados en el Plan Estratégico de Salud para Castilla y León a través de actividades determinadas y su adecuada evaluación.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 27 de mayo de 1993,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se aprueba el Plan Sectorial sobre Vacunaciones, cuyos objetivos, criterios y directrices se insertan en el Anexo I del presente Decreto.

Art. 2º Este Plan Sectorial tiene como finalidad la planificación, coordinación, promoción, desarrollo y evaluación de las actuaciones relacionadas con las vacunaciones preventivas en la Comunidad de Castilla y León.
Art. 3º La Consejería de Sanidad y Bienestar Social fijará periódicamente, a partir de los objetivos señalados en el Plan Sectorial de Vacunaciones, las prioridades de actuación en este campo.
Art. 4º Los objetivos y contenidos del Plan Sectorial deberán ser actualizados, con la modificación o ampliación que en su caso proceda, de acuerdo con los datos obtenidos en la evaluación de sus resultados.
DISPOSICION ADICIONAL

Se autoriza a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 27 de mayo de 1993.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JUAN JOSE LUCAS JIMENEZ

El Consejero de Sanidad y Bienestar Social,

Fdo.: JOSE MANUEL FERNANDEZ SANTIAGO

ANEXO I

PLAN SECTORIAL DE VACUNACIONES

CAPITULO I
Introducción

Desde hace siglos, diversas culturas y civilizaciones antiguas detectaron el fenómeno de protección (hoy llamado inmunización) al percatarse del hecho de que los individuos que habían padecido ciertas enfermedades no volvían a padecerla jamás.

Consta históricamente que en China, ya en el siglo XI de nuestra Era, se inoculaban personas sanas con secreciones de pústulas de enfermos con afectación leve de viruela para preservarse de dicha enfermedad.

Fue Jenner, médico inglés, quién, a finales del siglo XVIII, inició en Europa las primeras técnicas de inmunización contra la viruela a partir de material procedente de pústulas de una mujer ordeñadora contagiada de la enfermedad pustulosa de las ubres de la vaca, o enfermedad «Vacuna». De ahí derivó el término: Vacunación. A finales del siglo XIX comienza la etapa científica de las vacunaciones a partir de los estudios y ensayos de eminentes microbiólogos. Pasteur consigue la atenuación de diversos microorganismos a través de pases y resiembras en animales. Salmon y Smith demuestran la protección originada por inyección de microorganismos muertos. Roux, Yersin y Fabre prueban la patogenicidad de diversas toxinas de algunos bacilos. Posteriormente se demuestra la inmunidad activa conferida por la aplicación de toxoides.

Durante el siglo XX se desarrollan las investigaciones en el terreno de la inmunización y, con los avances científicos y nuevas tecnologías de laboratorio, hoy en día se dispone de vacunas muy eficaces y cada vez más inocuas, utilizables en la prevención de muchas de las enfermedades transmisibles de interés en la Salud Pública.

Dada su eficacia y seguridad, posiblemente no exista en el campo de la prevención ninguna medida con mejor relación beneficio/coste y beneficio/riesgo que la de las vacunaciones.

CAPITULO II

Vacunaciones en Castilla y León

El seguimiento y práctica del modelo de calendario de vacunaciones recomendado por las autoridades sanitarias ha determinado un descenso, realmente notorio, de la...

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