DECRETO 47/1986, de 20 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Autonómica de Castilla y León para 1986.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 21-03-1986 Nº Boletín: 30 / 1986

DECRETO 47/1986, de 20 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Autonómica de Castilla y León para 1986.

El Capítulo IV, artículos 30 y siguientes, de la Ley 7/1985, de 27 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León, establece los criterios y directrices que deben regir la Oferta de Empleo Público, concebida como instrumento de racionalización de los procesos de selección de personal así como mecanismo que debe suponer una correcta coordinación de políticas de selección que permita una más adecuada programación de efectivos, y como garantía del cumplimiento de los principios de mérito y capacidad que determina el párrafo tercero del artículo 103 de la Constitución.

El artículo 1.2 de la Ley 7/1985, establece la supletoriedad de la legislación del Estado en aquellos supuestos en que no exista legislación al respecto por parte de la Comunidad Autónoma. En este sentido, el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y del Real Decreto 2617/1985, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional, deberán ser instrumentos que regulen la Oferta de Empleo Público.

En las cifras totales de vacantes que se expresan en los Anexos a este Decreto se incluyen las correspondientes a promoción interna. En las respectivas convocatorias podrá reservarse hasta el máximo del porcentaje establecido en el artículo 51 de la Ley 7/1985.

De igual forma, se incluyen las plazas de personal laboral, cuyo sistema de selección será el establecido en el artículo 42 de la Ley 7/1985, teniendo en cuenta lo que se indica al respecto en el Estatuto de los Trabajadores y en los Convenios Colectivos de aplicación.

Asimismo, se incluye en la Oferta de Empleo Público el porcentaje adicional correspondiente en previsión de las nuevas vacantes que puedan producirse, según lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 7/1985.

También podrán convocarse plazas que resulten vacantes por aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Si bien, con carácter general, las oportunas pruebas selectivas se convocarán por la Administración Autonómica, podrá hacerse uso de la Oferta de Empleo Público de la Administración del Estado, conforme a la disposición adicional segunda del Real Decreto 350/1986, de 21 de febrero, para determinadas plazas de Cuerpos de Administración Especial.

Por último, se recoge en el presente Decreto el acuerdo alcanzado el día 30 de mayo de 1985, con los representantes de las Centrales Sindicales U.G.T., CC.00. y CSIF, para superar las situaciones de los contratados...

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