ORDEN FYM/550/2012, de 29 de junio, por la que se aprueba el Mapa Estratégico de Ruido del municipio de Laguna de Duero (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta de mapa estratégico de ruido del municipio de Laguna de Duero y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- El Ayuntamiento de Laguna de Duero somete el mapa estratégico de ruido del municipio al trámite de información pública, por un período de un mes, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» n.º 112, de 18 de mayo de 2012, tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento sin que se hayan formulado alegaciones.

Segundo .- En sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2012, el Pleno del Ayuntamiento de Laguna de Duero, aprueba la propuesta de mapa estratégico de ruido y la remite a la Consejería competente en materia de medio ambiente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio.

Tercero. - Revisada la documentación remitida por el Ayuntamiento de Laguna de Duero a esta Consejería, con fecha 28 de junio de 2012, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que el expediente del mapa estratégico de ruido del municipio de Laguna de Duero se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es el órgano competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 4.1.f. y 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León y en los Decretos 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías y 34/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Segundo .- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Tercero .- Los mapas estratégicos de ruido son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental encaminado a disponer de información uniforme sobre los niveles de contaminación acústica en los distintos puntos del territorio, aplicando criterios homogéneos de medición que permitan hacer comparables entre sí las magnitudes de ruido verificadas en cada lugar. Tienen por finalidad...

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