ORDEN AYG/1147/2009, de 8 de mayo, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2002, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se hace pública y regula la subvención directa concedida por la Junta de Castilla y León para la aplicación de los planes de desarrollo local aprobados a los grupos de acción local del Programa Operativo Integrado de Castilla y León (2000-2006), medidas 7.5 y 7.9 (PRODERCAL

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden
DISPOSICIÓN FINAL Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 8 de mayo de 2009.

La Consejera de Agricultura y Ganadería,

Fdo.: SILVIA CLEMENTE MUNICIO ORDEN AYG/1147/2009, de 8 de mayo, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2002, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se hace pública y regula la subvención directa concedida por la Junta de Castilla y León para la aplicación de los planes de desarrollo local aprobados a los grupos de acción local del Programa Operativo Integrado de Castilla y León (2000-2006), medidas 7.5 y 7.9 (PRODERCAL).

Mediante Decisión de la Comisión C (2009) 1128, de 18 de febrero de 2009, se modifican las decisiones enumeradas en su Anexo en relación con la prórroga de la fecha final de elegibilidad de los gastos efectuados en el marco de los documentos únicos de programación del Objetivo 2 y de Fuera de Objetivo 1, así como de los programas operativos en el marco de los Objetivos 1 y 3, así como de los programas de iniciativa comunitaria URBAN y LEADER + en España.

Dentro del Anexo a que hace referencia la mencionada Decisión figura la ampliación del plazo para el Programa Operativo Integrado de Castilla y León, estableciendo el artículo 1 de la Decisión que: 'La fecha final de elegibilidad de los gastos queda fijada en el 30 de junio de 2009, incluidos los gastos efectuados por los organismos que conceden ayudas de acuerdo con lo indicado en el letra l) del artículo 9 del reglamento (CE) n.º 1260/1999'.

Como quiera que hasta la adopción de la Decisión mencionada, la fecha establecida para la elegibilidad de los gastos era el 31 de diciembre de 2008, la Orden de 3 de diciembre de 2002, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se hace pública y regula la subvención directa concedida por la Junta de Castilla y León para la aplicación de los Planes de Desarrollo Local aprobados a los Grupos de Acción Local del Programa Operativo Integrado de Castilla y León (2000-2006), medidas 7.5 y 7.9 (PRODERCAL), tenia en cuenta dicha circunstancia, por lo que se establecía en la misma, como fecha para llevar a cabo el saldo final de la aplicación del plan de desarrollo local, el 31 de diciembre de 2008.

Considerando que la Decisión de la Comisión C (2009) 1128, de 18 de febrero de 2009, ha modificado la fecha final de cierre, es preciso...

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