ORDEN FAM/1562/2005, de 18 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de becas de investigación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para analizar las actuaciones que en materia de conciliación de la vida familiar y laboral vienen desarrollándose, convocadas por Orden FAM/1307/2005, de 29 de septiembre.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/1562/2005, de 18 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de becas de investigación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para analizar las actuaciones que en materia de conciliación de la vida familiar y laboral vienen desarrollándose, convocadas por Orden FAM/1307/2005, de 29 de septiembre.

Por Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Orden FAM/1307/2005), de 29 de septiembre, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 198, de 13 de octubre de 2005, se efectuó convocatoria de becas de investigación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para analizar las actuaciones que en materia de conciliación de la vida familiar y laboral vienen desarrollándose, y se establecen sus bases reguladoras.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y vista la propuesta elevada por la Comisión de Selección, procede resolver definitivamente la citada convocatoria y efectuar la adjudicación de las becas a los candidatos seleccionados.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, la precitada Orden FAM/1307/2005, y demás normas de general y pertinente aplicación.

DISPONGO:

Primero. Adjudicar las becas convocadas por Orden FAM/1307/2005, de 29 de septiembre, a los candidatos titulares que se citan en el Anexo a la presente Orden.

Segundo. Hacer pública la relación de candidatos suplentes que han sido propuestos por la Comisión de Selección en tal calidad y que figuran y que se relacionan en el Anexo a la presente Orden.

Tercero. Los candidatos titulares, adjudicatarios de las becas, deberán comunicar por escrito la aceptación de la beca concedida y presentar, en el plazo de diez días naturales, a partir del día siguiente al de publicación de la resolución en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', la siguiente documentación:

  1. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto psíquico o físico que le impida el adecuado desempeño de las prácticas o actividades de formación.

  2. Declaración jurada de no haber sido separado, mediante resolución administrativa firme, del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado, por...

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