ORDEN MAM/444/2011, de 7 de abril, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de Castilla y León 2010-2014.

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El Programa de Desarrollo Rural Sostenible de Castilla y León 2010-2014 (PDRSCyL) tiene por objeto desarrollar la planificación fijada por el Programa de Desarrollo Rural Sostenible estatal en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. El PDRSCyL establece el marco general y las líneas de actuación en materia de desarrollo sostenible en este periodo sobre la base de 28 zonas rurales de la región clasificadas como «a revitalizar», cuya planificación concreta se remite a la figura del Plan de Zona.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2006, la Consejería de Agricultura y Ganadería, en calidad de órgano promotor, elaboró la documentación correspondiente a fin de iniciar el procedimiento de evaluación ambiental. En cumplimiento con lo establecido por el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006 la documentación recibida se remitió el 12 de enero de 2011 a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales, notificándose la iniciación del procedimiento y solicitando las consideraciones oportunas relativas al Informe de Sostenibilidad Ambiental que estarán contenidas en el Documento de Referencia.

Por todo lo anterior,

RESUELVO

Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Programa de Desarrollo Rural Sostenible de Castilla y León 2010-2014, que se adjunta como Anexo a esta Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, esta resolución se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 7 de abril de 2011.

La Consejera,

Fdo.: M aría J esús r uiz r uiz

ANEXO QUE SE CITA

DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE DE CASTILLA Y LEÓN 2010-2014

La Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.) es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del Programa, y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables y técnica y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 19 de la Ley 9/2006 encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Programa Regional.

  1. - RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y AL PÚBLICO INTERESADO.

    Según lo dispuesto en el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006, previamente a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y público interesado a fin de que realizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta inicial del PDRSCyL y de su Informe de Sostenibilidad Ambiental. A este respecto, el Documento de Iniciación fue remitido a:

    - Director General de Medio Natural.

    - Director General de Infraestructuras y Diversificación Rural.

    - Consejería de Cultura y Turismo.

    - Consejería de Economía y Empleo.

    - Consejería de Interior y Justicia.

    - Consejería de Sanidad.

    - Consejería de Fomento.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de León.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Palencia.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Ávila.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Burgos.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Palencia.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Salamanca.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Segovia.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Soria.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Zamora.

    - Confederación Hidrográfica del Duero.

    - Confederación Hidrográfica del Ebro.

    - Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

    - Confederación Hidrográfica del Tajo.

    - Universidad de Burgos.

    - Universidad de León.

    - Universidad de Salamanca.

    - Universidad de Valladolid.

    - Ecologistas en Acción en Castilla y León.

    - WWF-Adena.

    - Centaurea.

    - SEO Birdlife.

    - ASAJA en Castilla y León.

    - COAG en Castilla y León.

    - Unión de Campesinos de Castilla y León.

    - UPA Castilla y León.

    - Confederación de Organizaciones Empresariales en Castilla y León.

    - Consejo Regional de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla y León.

    - Federación Regional de Municipios y Provincias.

    - CC.OO. Castilla y León.

    - UGT en Castilla y León.

    - Diputación Provincial de Ávila.

    - Diputación Provincial de Burgos.

    - Diputación Provincial de León.

    - Diputación Provincial de Palencia.

    - Diputación Provincial de Salamanca.

    - Diputación Provincial de Segovia.

    - Diputación Provincial de Soria.

    - Diputación Provincial de Valladolid.

    - Diputación Provincial de Zamora.

    EXTRACTO DE LAS SUGERENCIAS PRESENTADAS AL DOCUMENTO DE INICIACIÓN

    Informe de la Dirección General del Medio Natural: Este informe en su apartado de sugerencias considera que el Documento de Iniciación tiene en especial consideración la presencia de espacios de la Red Natura 2000 y también otros aspectos del medio físico de la región. No obstante, señala que sería necesaria una mayor concreción en la definición de los principales valores ambientales de la región. En particular, se propone tener en cuenta al menos los siguientes: espacios Red Natura 2000, Espacios Naturales Protegidos, Planes de Recuperación y Conservación de especies amenazadas y otros

    planes de gestión de especies silvestres, Especies del Catálogo Español de Especies Amenazadas, hábitats de interés comunitario de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, taxones incluidos en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León, árboles incluidos en el Catálogo Regional de Especímenes Vegetales de Especial Relevancia de Castilla y León y elementos integrantes del Catálogo de Zonas Húmedas Catalogadas de Castilla y León. Adicionalmente, incide en la importancia de contemplar otros valores a los que hace referencia la Ley 42/2007 como son el paisaje, la geodiversidad y el patrimonio cultural asociado al medio natural.

    En relación a los impactos previsibles del PDRSCyL, se relacionan aquellas actuaciones que, de no tomar las medidas oportunas, podrían generar impactos de signo negativo sobre la «Biodiversidad, Geodiversidad, Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000». De cualquier modo, se considera de especial importancia primar el grupo de medidas orientadas a la «Conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales», restringiendo, en cambio, aquellas iniciativas de mayor impacto negativo sobre los aspectos ambientales de mayor relevancia de la comunidad autónoma. Asimismo, estima necesario priorizar aquellas actuaciones enfocadas a la mejora del sistema productivo vinculado a las actividades agroganaderas y forestales tradicionales, de las que, en buena medida, depende la conservación de la biodiversidad.

    Por otra parte, el informe considera de vital importancia que desde el PDRSCyL se asegure la canalización de las inversiones hacia la estructura de poblamiento ya consolidada y que, con carácter general, ninguna propuesta pueda favorecer la dispersión de la urbanización y la creación de nuevos núcleos de población.

    En relación con los grupos de actividades que deben desarrollarse en suelo rústico, se deberán primar las alternativas de desarrollo compatibles con la conservación de las áreas de mayor calidad y fragilidad ambiental. En todo caso, se deberían integrar los aspectos de conservación de la biodiversidad en todos los grupos de actividades propuestos. Finalmente, entre los contenidos del PDRSCyL, deberá constar una referencia expresa a los requerimientos legales que se derivan de la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

    Informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo: Aunque se valoran de forma positiva los objetivos del PDRSCyL, se considera que deberá tenerse en cuenta una serie de indicaciones relativas a las actuaciones sobre el Domino Público Hidráulico, como la necesidad de adecuar la actuación a la naturalidad de los cauces, analizar la incidencia de las avenidas extraordinarias previsibles para períodos de retorno de hasta 500 años, proceder a la reunificación de los vertidos con el fin de diseñar un sistema de depuración...

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