ORDEN EDU/1844/2007, de 14 de noviembre, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias y sus federaciones para su funcionamiento y el desarrollo de actividades en el curso 2007-2008.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1844/2007, de 14 de noviembre, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias y sus federaciones para su funcionamiento y el desarrollo de actividades en el curso 2007-2008.

La participación en el funcionamiento de los centros docentes y en el diseño de su propio proceso educativo constituye para el alumnado, más allá de aspectos puramente organizativos y funcionales, un aprendizaje y entrenamiento en hábitos que contribuirán, posteriormente, a su desarrollo como ciudadanos de pleno derecho y a profundizar en el desarrollo y construcción de una sociedad democrática avanzada.

Sin embargo, la participación del alumnado, si es importante en el ámbito individual, adquiere especial relevancia cuando se desarrolla en el ámbito asociativo. En este sentido, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real Decreto 1532/1986, por el que se regulan las asociaciones de alumnos, reconocen la importancia de estas asociaciones y de su participación en los centros educativos.

La Consejería de Educación aprobó mediante Orden EDU/1622/2006, de 16 de octubre, ('Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 204, de 23 de octubre de 2006) las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias y sus federaciones para su funcionamiento y el desarrollo de actividades, procediendo ahora realizar su convocatoria para el curso 2007/2008.

La presente Orden tiene por objeto que las asociaciones y federaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias cuyo ámbito de actuación este dentro de la Comunidad de Castilla y León, dispongan de recursos económicos suficientes para el desarrollo de actividades que redunden en beneficio de los centros docentes y su alumnado, fomentando su participación individual y asociativa y completando su proceso formativo. Asimismo, con el fin de mejorar la infraestructura administrativa y los medios materiales con los que cuentan las federaciones y asociaciones, se contempla la posibilidad de financiar gastos de material informático, siempre que complementen otras ayudas de esta misma naturaleza concedidas por la Consejería de Educación.

Además, y en línea con lo expresado en la fundamentación del Programa para el Fomento de la participación y el asociacionismo de madres, padres y alumnos en el sistema educativo de Castilla y León, para que la participación sea efectiva y, a la vez, estimulante, el apoyo institucional deberá ir más allá de lo puntual, implicándose decididamente en la formación y en los recursos que el desarrollo de la participación exige. Por ello, se ponen a disposición de las federaciones de asociaciones de alumnos ayudas para la realización de actividades incluidas en el programa mencionado.

En consecuencia y teniendo en cuenta las reglas establecidas en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero. Objeto de la convocatoria.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias y sus federaciones durante el curso escolar 2007/2008 para su funcionamiento y el desarrollo de actividades, con la finalidad de fomentar la participación individual y asociativa y completar el proceso formativo del alumnado.

1.2. Las ayudas a las asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias irán dirigidas a financiar:

  1. Gastos derivados de acciones formativas (cursos y talleres, seminarios, conferencias, ponencias, charlas y coloquios, grupos de trabajo, intercambio alumnos, escuelas de monitores, encuentros de formación, de representantes de estudiantes y actividades de acción social), informativas (campañas informativas, revistas, periódicos, anuarios, etc.) y culturales (excursiones, viajes, visitas, fiestas del centro, semana o jornada cultural, campamentos, convivencias o salidas fines de semana, campeonatos deportivos, torneos, competiciones deportivas, cine-forum, representaciones teatrales, concursos, etc.). No serán objeto de ayuda los gastos de alimentación y transporte generados por la realización de excursiones.

  2. Gastos derivados de la adquisición de material informático.

    1.3. Las ayudas a las federaciones de asociaciones de alumnos de enseñanzas no universitarias irán dirigidas a financiar:

  3. Gastos ocasionados por el desarrollo, durante el curso escolar de su proyecto de actividades...

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