ORDEN AYG/94/2008, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para el fomento de actividades ganaderas alternativas y para actividades de avicultura alternativa.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Agricultura y Ganaderia |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN AYG/94/2008, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para el fomento de actividades ganaderas alternativas y para actividades de avicultura alternativa.
Entre las actividades económicas que permitan garantizar la estabilidad del medio rural y evitar su despoblamiento se deben contemplar aquellas que tengan como objetivo diversificar las producciones ganaderas ya sea como actividad principal, o bien como complemento a otra serie de actividades económicas desarrolladas en el medio rural. Además es necesario, para mantener la estructura productiva, la incorporación de jóvenes a la actividad agraria para lo cual, la implantación bien de otras actividades o de técnicas de producción diferentes a las tradicionales, puede repercutir en un incremento de la rentabilidad y como consecuencia en una mejora de la calidad de vida en el medio rural.
La Junta de Castilla y León ha venido desarrollando planes de ayuda, priorizando el desarrollo rural sostenible, uno de cuyos objetivos es la diversificación de las actividades agrarias y la creación de otras de carácter complementario o alternativo, a fin de incrementar las posibilidades de empleo en el ámbito agrario y ámbitos afines.
Esta ayuda asimismo ha sido autorizada por la Comisión Europea mediante número de Registro 'Ayudas de Estado NN 163/95'.
En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector,
DISPONGO:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas que convoque la Consejería de Agricultura y Ganadería para el fomento de determinadas actividades ganaderas alternativas y para actividades de avicultura alternativa.
Podrán acceder a las ayudas los titulares de explotaciones ganaderas situadas en Castilla y León que ejerzan alguna de las actividades contempladas en la presente Orden, así como aquellas otras personas físicas o jurídicas que deseen iniciar cualquiera de estas actividades y cumplan los requisitos y compromisos establecidos en la presente Orden y en la correspondiente Orden de convocatoria.
A los efectos de la presente Orden, tendrán la consideración de actividades subvencionables las que a continuación se relacionan:
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En explotaciones cunícolas:
Instalaciones para manejo de animales.
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En explotaciones cinegéticas (perdiz roja, codorniz, colines, faisanes, conejo de monte, liebre, corzo, gamo, ciervo, jabalí, ...) y explotaciones peleteras:
La instalación de nuevas explotaciones, incluyendo la adaptación de naves procedentes de otras actividades.
La ampliación de instalaciones ya existentes.
La adquisición de bienes de equipo y maquinaria auxiliar.
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En explotaciones avícolas alternativas (gallinas camperas, patos, pavos, gansos, ocas...
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