DECRETO 108/2001, de 5 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Almazán para la ejecución del «Proyecto de abastecimiento de agua a calle Cebollera, Picos de Urbión y otras» Almazán. Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 108/2001, de 5 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Almazán para la ejecución del 'Proyecto de abastecimiento de agua a calle Cebollera, Picos de Urbión y otras' Almazán. Soria.

El Ayuntamiento de Almazán (Soria), ha iniciado expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la ejecución del 'Proyecto abastecimiento de agua a calle Cebollera, Picos de Urbión y otras', solicitando a la Junta de Castilla y León la declaración de urgente ocupación.

El Proyecto, fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2000. La relación de bienes y propietarios afectados ha sido sometida a información pública mediante anuncio publicado en el 'Boletín Oficial de la Provincia' n.º 128 de 6 de noviembre de 2000, 'B.O.C. y L.' n.º 205, de 23 de octubre de 2000 y notificación individual a los interesados, sin que consten alegaciones.

La Corporación Municipal fundamenta la urgencia en que la obra, a efectos de financiación, está incluida en el Plan Operativo Local para el 2000. Esta circunstancia implica que la obra está sometida a un plazo de ejecución que concluye el 6 de julio de 2001. Alude igualmente la Corporación a que la obra es de relevante interés social pues no solamente comprende la sustitución y ampliación de las redes de abastecimiento y saneamiento de aguas sino la urbanización de las calles Cebollera y Picos de Urbión, paso exclusivo y obligado para acceder a la zona de El Cinto, uno de los sectores del casco urbano más poblado.

La urgencia de la ocupación se encuentra aconsejada en el presente expediente por los indudables perjuicios higiénicos-sanitarios que puede suponer el suministro de agua potable a la población en...

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