ORDEN AYG/857/2007, de 9 de mayo, por la que se convocan la incorporación a la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad y las ayudas a dicha medida, para el año 2007.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/857/2007, de 9 de mayo, por la que se convocan la incorporación a la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad y las ayudas a dicha medida, para el año 2007.

La Orden AYG/836/2007, de 4 mayo, por la que se regula el régimen de ayudas de la medida agroambiental de apicultura para la mejora de la biodiversidad durante el período de programación 2007-2013, establece en su artículo 5 que las incorporaciones al citado régimen se realizarán de acuerdo a las correspondientes órdenes de convocatoria que a tal efecto se aprueben por la Consejería de Agricultura y Ganadería. Asimismo se establece en dicha Orden, en su artículo 6, la regulación de las solicitudes de pago anual.

Para el año 2007 es necesario establecer el procedimiento para incorporar titulares de explotaciones apícolas a la citada medida agroambiental, así como convocar el procedimiento de concesión de ayudas a la misma.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas,

RESUELVO:

I ASPECTOS GENERALES Primero. Objeto.

El objeto de la presente Orden es convocar la incorporación de titulares de explotaciones apícolas al régimen de ayuda agroambiental a la apicultura para la mejora de la biodiversidad y las ayudas a dicha medida, para el año 2007.

Segundo. Finalidad.

La presente Orden tiene la finalidad de establecer las condiciones para la presentación y resolución de las solicitudes de incorporación a la medida agroambiental y las solicitudes de pago, contempladas en el punto primero.

II SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN A LA MEDIDA AGROAMBIENTAL Tercero. Solicitantes.

Podrán incorporarse a la medida agroambiental de ayudas a la apicultura para la mejora de la biodiversidad, para el año 2007, los titulares de explotaciones apícolas de la Comunidad de Castilla y León que reúnan las siguientes condiciones:

  1. Ser persona física, cooperativa o sociedad agraria de transformación.

  2. Reunir las condiciones para ser considerado agricultor a título principal (en adelante ATP). En el caso de cooperativas o sociedades agrarias de transformación tendrán esta consideración aquellas que al menos el 50% de sus socios sean ATP.

  3. Que posean al menos 150 colmenas inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Apícolas de la Comunidad de Castilla y León, a 28 de febrero de 2007.

  4. Que se comprometan a cumplir durante los años 2007 a 2011, ambos incluidos, los compromisos recogidos en el artículo 4 de la Orden AYG/836/2007, de 4 de mayo, por la que se regula el régimen de ayudas a la medida agroambiental...

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