DECRETO 67/1985, de 11 de julio, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de semillas y plantas de vivero a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Agricultura, Ganaderia y Montes |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha del Boletín: 18-07-1985 Nº Boletín: 56 / 1985
DECRETO 67/1985, de 11 de julio, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de semillas y plantas de vivero a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.
El Real Decreto 798/1985, de 30 de abril, publicado en el "B.O.E." nº. 131 de 1 de junio, ha aprobado el acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la Disposición Transitoria Tercera del Estatuto de Autonomía de Castilla y León sobre transferencia de funciones del Estado en materia de semillas y plantas de vivero a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Según lo dispuesto en el artículo tercero, apartado h) de la Ley de Gobierno y de la Administración de Castilla y León, corresponde a la Junta de Castilla y León señalar el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma que deberá ejercer las atribuciones y adscribir los medios y servicios traspasados en esta materia de semillas y plantas de vivero.
El Decreto 19/1983, de la Junta de Castilla y León, prevé la atribución a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes de las competencias que se transfieren en materia de agricultura.
Debe ser, pues, esta Consejería a la que se adscriban los servicios traspasados en materia de semillas y plantas, de vivero.
En su virtud, a la propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 11 de julio de 1985.
DISPONGO:
Art. 2º.- Los medios personales, materiales y presupuestarios traspasados se adscriben a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.
Se autoriza a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Castilla y León".
Dado en Valladolid, a 11...
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