ACUERDO de 19 de septiembre de 2002, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean Centros de Educación Obligatoria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 19 de septiembre de 2002, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean Centros de Educación Oblig atoria.

El artículo 2.º del Decreto 34/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la creación de los Centros de Educación Obligatoria, establece que será requisito previo a la creación de un Centro de Educación Obligatoria la firma de un convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamiento del municipio en que el centro se ubique, a fin de concretar las responsabilidades que en materia de conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios escolares correspondan a cada Administración, de acuerdo con los criterios establecidos por la Consejería de Educación y Cultura.

A tal efecto, con fecha 2 de septiembre de 2002 se ha firmado el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamiento de Hoyo de Pinares (Ávila). Por otro lado y en la misma fecha se ha firmado el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y el Ayuntamiento de Valverde de la Virgen (León).

Los citados centros docentes públicos se encuentran incluidos en la p rogramación educat iva efectuada para la zona en la que se ubica, d e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

En su virtud, al amparo del artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y del artículo 2.1 del Decreto 34/2002, de 28 de febrero, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y pr evia deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 19 de septiembre de 2002, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.

  1. Se crea el Centro de Educación Obligatoria que se describe a continuación:

    Denominación genérica: Centro de Educación Obligatoria.

    Denominación específica: 'Virgen de Navaserrada'.

    Código de centro: 05002291.

    Domicilio: Calle de las Escuelas, n.º 2.

    Localidad: Hoyo de Pinares.

    Municipio: Hoyo de Pinares.

    Provincia: Ávila.

  2. El Centro de Educación Obligatoria surge por transformación del Colegio Público Virgen de Navaserrada, y mantiene el mismo código y denominación específica, como así previene el apartado 3.º del artículo 3 del Decreto 86/2002, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Oblig atoria.

    Segundo.

  3. Se crea el Centro de Educación Obligatoria que se describe a continuación:

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